viernes, 29 de enero de 2016

Denuncian a la obra social de los judiciales por negar cobertura a chicos con Trastornos de Espectro Autista

LA OSPJN NO CUMPLE CON LAS NECESIDADES DE SEIS MENORES CON TRASTORNOS DE ESPECTRO AUTISTA ¿QUÉ DICEN LOS PADRES?

Un grupo de padres de niños con discapacidad denunciaron a la Obra Social del Poder Judicial de la Nación (OSPJN) porque durante el último año redujo las prestaciones a menores en contra de lo que establecen las leyes nacionales e internacionales.

Se trata de seis niños con Trastornos de Espectro Autista (TEA) que cuentan, como dicta la ley, con certificados otorgados por el Ministerio de Salud de la Nación que identifican su situación.

A través de una acción de amparo, los padres denunciaron ante la Justicia que desde el año pasado la OSPJN viene recortando, con resoluciones internas, una serie de servicios que está obligada a prestar.

Entre las prestaciones que la obra social no está cumpliendo se encuentran la falta de reintegros para tratamiento cognitivo conductual; el pago de escolaridad especializada; el costo de tratamientos terapéuticos especiales; el pago de maestros integradores y lareducción de horas terapéuticas para los menores.

Filippo tiene 4 años y sufre lo que se denomina Trastorno Generalizado del Desarrollo no Especificado, que se encuentra dentro del Trastorno de Espectro Autista. Según determinaron los médicos, su dificultad no le permite desarrollarse de manera adecuada a nivel social, ni tampoco a nivel lingüístico o conductual, así como tampoco a nivel académico. Tampoco le permite realizar adecuadamente actividades de la vida diaria como los hábitos de higiene, alimentación o vestirse.

Juan Pablo, padre de Filippo, explicó que "reclamamos la cobertura total del tratamiento por discapacidad. Corresponde por las normas internacionales y nacionales.Queremos que cumplan con los tratamientos de Filippo".

"Esperaba que el amparo que presentamos se resolviera mucho antes. Tengo fe que cuando termine la feria judicial, a penas empiece febrero, tengamos una respuesta. Hace 8 meses que estamos luchando, cuando hay otros que presentan amparos por cualquier cosa que salen en 24 horas", remarcó.

Además, explicó que la activación del recurso judicial está estrechamente vinculada al desarrollo de los niños. "Sacarles la terapia provoca un retraso en sus avances. "Tuvimos que bajarle las horas de terapia porque no lo podemos costear", indicó Juan Pablo.

Sandra tiene un hijo de 10 años con problemas de habilidades sociales y necesita, entre otras cosas, de una maestra integradora; apoyo escolar; medicación; neurolingüista y terapia psicológica.

En diálogo con la prensa contó que "lo que más nos duele es que parece que estuviéramos mendigando un derecho a poder crecer. Los tratamientos los necesitan para que el día de mañana sean independientes y se puedan desarrollar como personas. Yo como mamá quiero que mi hijo sea independiente, es fundamental que ahora no le falte ninguna prestación. Es el derecho básico a la salud. La verdad es que nos sentimos muy desprotegidos".

"Decidimos interponer un amparo por los distintos casos por las dificultades que tenemos.Hasta el año pasado la obra social me cubría casi todo, pero comenzó a hacer quitas a partir de argumentos que no tienen ningún sustento legal", agregó.

Por otro lado, denunció que la OSPJN "demora muchísimo" en otorgar los reintegros y que, además, lo hace a través de cheques que tienen un impuesto.

El proceso judicial

Los familiares presentaron en abril de 2015 el amparo colectivo ante la Justicia previsional que en primera instancia se declaró "incompetente" y la decisión fue luego confirmada por laCámara Federal de la Seguridad Social.

Desde mayo del año pasado, la presentación pasó al Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 18 donde el juez titular, Guillermo Blanch, decidió como única medida que la demanda colectiva se individualice caso por caso.

De allí en más nada ocurrió hasta diciembre pasado cuando el letrado a cargo del amparo presentó un pronto despacho, pero la feria judicial impidió nuevas medidas. Las familias continúan sin cobertura para necesidades básicas.

¿Qué dice la ley?

Según indica la ley N° 22.431 de Sistema de protección integral de los discapacitados y la Nº 24.901 de Sistema de prestaciones básicas en habilitación y rehabilitación integral a favor de las personas con discapacidad, las obras sociales están obligadas a prestar un servicio a personas con discapacidad.

Las normas vigentes estipulan que las obras sociales tienen a su cargo "con carácter obligatorio" la cobertura total de las prestaciones básicas.

¿Qué son las prestaciones básicas? La ley indica que las obras sociales deben proveer a sus afiliados: prestaciones preventivas; prestaciones de rehabilitación; prestaciones terapéuticas educativas; prestaciones educativas y prestaciones asistenciales, cada una de ellas con sus pormenores. Pero, además, establece servicios específicos como estimulación temprana; educación inicial, educación general básica y formación laboral, entre otros.

¿Qué son los Trastornos de Espectro Autista?

Los TEA son un grupo de discapacidades del desarrollo que pueden causar problemas significativos de socialización, comunicación y conducta. Las personas con esta dolencia procesan la información en su cerebro de manera distinta a los demás.

No son todos iguales y afectan de manera distinta a cada persona. Además, pueden ser desde muy leves hasta graves. Las personas con TEA presentan algunos síntomas similares, como problemas de interacción social, pero hay diferencias en el momento en que aparecen los síntomas, su gravedad y naturaleza exacta.

Están reconocidos como TEA el trastorno autista (autismo clásico); el trastorno de Asperger(síndrome de Asperger); el trastorno generalizado del desarrollo no especificado (TGD-NE); el trastorno de Rett (síndrome de Rett) y el trastorno desintegrativo infantil.

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