viernes, 19 de septiembre de 2014

Proyecto para regular los alquileres en la Ciudad

La diputada Victoria Donda presentó una iniciativa en el Congreso para modificar la ley de locaciones urbanas. De qué se trata.

Alquilar una vivienda en la Ciudad de Buenos Aires es complicado para cualquier inquilino. Las comisiones que cobran las imnobiliarias para iniciar un contrato de locación son muy elevadas. A eso se suma el pago del depósito y el mes entrante. Más una condición que no todos cumplen -y que representa un gran problema-: las inmobiliarias exigen garantía propietaria en Capital Federal y de familiar directo. 

La vivienda es un derecho humano, pero en esa materia manda el mercado. Son miles las familias que se ven excluidas por las abultadas sumas y las condiciones que exigen los inmobiliarios. 

En ese marco, la diputada nacional Victoria Donda presentó en el Congreso Nacional un proyecto para modificar la ley de locaciones urbanas. La iniciativa propone:

1.- Ampliar el plazo mínimo de locación de 2 a 3 años. Dicho plazo sólo es a favor del locatario (inquilino) quien tendría derecho a rescindir el contrato antes de lo fijado. Si lo hace dentro del primer año deberá pagar una indemnización equivalente a un mes y medio de canon locativo. El locador (propietario) no tiene derecho a la rescisión anticipada del contrato de locación.

2.- Se establece expresamente que el locador (propietario) no podrá exigir más que una propiedad en concepto de fianza. Actualmente se llega a pedir dos inmuebles y, en algunos casos, que sea de familiar. 

3.- Se establece expresamente que el contrato de locación debe ser interpretado de buena fe y siempre en un sentido a favor del locatario (inquilino). Es decir, en casos de dudas sobre quien recae una obligación y/o derecho habrá que estar a la interpretación que beneficie al inquilino.

4.- Se establece que, como comisión, las inmobiliarias cobrarán (como máximo) un mes de canon locativo al locador y un mes al locatario. Actualmente, se le cobran hasta dos meses y medio sólo al locatario (inquilino) y nada al locador (propietario).

5.- Se crea un servicio de arbitraje obligatorio (para el inquilino) para resolver de manera eficaz y con celeridad los temas/conflictos menores que surjan de un contrato de alquiler.

El 32,1% de las familias en la ciudad de Buenos Aires alquila su vivienda, conforme la Encuesta Anual de Hogares 2013, mientras que el 20% de las vivienda en la misma Ciudad se encuentra desocupada (Consejo Económico y Social de la ciudad de Buenos Aires).

En la provincia de Buenos Aires, 700.000 son hogares alquilados, lo que representa a más de más de 1.4 millón de personas y en Rosario el 21,4% de las familias alquilan su vivienda.

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