miércoles, 5 de julio de 2017

Con un escandaloso fallo, la Corte adicta le hace un guiño a Macri y obliga a un trabajador a pagar un juicio laboral que perdió

LOS IMPRESENTABLES SUPREMOS FALLARON JUSTO EN MOMENTOS EN QUE EL EX HIJASTRO DE FLAVIA PALMIERO LLEVA A CABO UNA FEROZ UNA EMBESTIDA CONTRA "LA MAFIA DE LOS JUICIOS LABORALES".

La Corte Suprema de Justicia resolvió ayer que cuando un trabajador pierde un juicio laboral por su culpa debe pagar todos los gastos por honorarios profesionales que ese juicio ocasionó.

El máximo tribunal estableció que cuando un trabajador pierde -por su culpa- un juicio laboral debe pagar todos los gastos ocasionados por ese juicio en concepto de honorarios de los abogados y los peritos que hayan intervenido.

La decisión se tomó en un fallo que firmaron los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Carlos Rosenkrantz (no firmó el quinto juez, Horacio Rosatti) en la causa que inicio el trabajador Enrique Eduardo López contra "Horizonte Compañía Argentina de Seguros Generales S.A" a raíz de un accidente.

Se trata de un guiño del máximo tribunal a Mugrizio Macri, que durante el mes de junio se refirió al menos cuatro veces a la "mafia de los juicios laborales" y embistió contra los jueces del fuero. 

El pelotudo hijo de puta desplegó una estrategia de tres patas para contener la inmensa cantidad de juicios laborales, que en 2016 alcanzó la sumatoria de 115 mil litigios.

En el régimen fascista aseguran que el principal problema de generación de empleo es el temor de las pymes al fuero laboral, y el fallo de la Corte adicta le viene al dedillo para continuar con la embestida contra la maquinaria entre jueces, abogados y peritos que viene denunciado Macri.

El fallo

Enrique López afirmó que en el trayecto hacia su trabajo había sufrido un accidente que lo dejó parcialmente incapacitado y reclamó ante la justicia laboral que la ART de su empleador le pagara la indemnización prevista en la ley 24.557 de riesgos del trabajo.

Pese a que fue citado en reiteradas oportunidades, López jamás se presentó para que el perito médico designado por la justicia lo examinara, lo que provocó que la acción fuera rechazada ante la imposibilidad de comprobarse si efectivamente estaba incapacitado.

Aunque la demanda fue rechazada por culpa del trabajador que no concurrió a las citaciones del médico, la Sala III de la Cámara laboral porteña resolvió que todos los honorarios de los profesionales que intervinieron en el juicio tenía que pagarlos la compañía aseguradora demandada.

A criterio de los jueces, se violaría el derecho de acceso a la justicia consagrado por los arts. 8 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Sin embargo, a raíz de un planteo de la compañía, la Corte Suprema revocó esa decisión de la cámara. A su criterio, como el rechazo de la demandada se debió a la actitud renuente del trabajador, no había motivos válidos para apartarse de la regla legal que establece que quien pierde un juicio debe pagar los gastos por honorarios que ese juicio originó (art. 68 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación).

Según el fallo del máximo tribunal, no se verificaba que en este caso se hubiera puesto en cuestión el derecho del trabajador a formular su reclamo ante los tribunales competentes.

Se señaló que prueba de ello era que el pleito fue tramitado con total normalidad en las dos instancias de la justicia laboral porteña y que lo que estaba en juego era la responsabilidad de quien interpuso el reclamo por los gastos de un proceso judicial cuyo resultado fue adverso "como exclusiva consecuencia de su conducta negligente" del demandante.

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