viernes, 5 de septiembre de 2014

Maestros del nivel inicial celebran la incorporación de niños de cuatro años al sistema educativo

Los niños tienen desde su nacimiento y hasta los cinco años una capacidad de aprendizaje superior a otras etapas por lo que una buena formación durante ese período es central para su trayectoria tanto escolar como personal, aseguraron maestros quienes celebraron el proyecto de ley presentado el miércoles para la obligatoriedad de la sala de cuatro.

“La obligatoriedad de la sala cuatro es una propuesta interesante porque se trata de una etapa en la que nada de lo que se aprende se puede recuperar a posteriori, porque los chicos se encuentran cognitivamente preparados para recibir muchos estímulos”, señaló María Inés Vega, supervisora de inicial del Distrito Escolar 18.

Vega describió que “si bien las diferencias entre un niño escolarizado desde más temprana edad con otro que lo hace a los cinco años se nota ya desde el nivel inicial, esta diferenciación se acrecienta en la escuela primaria, porque el niño con más historia escolar tiene otra forma de socialización, aprende de otra manera porque cuenta con otras pautas desde lo social y otras herramientas”.

“La educación inicial abona a la subjetividad de cada niño, puede haber un muy buen acompañamiento familiar, pero no en todas las familias se tienen las herramientas pedagógicas con las que cuenta un docente, de aquí la importancia de su escolarización temprana”, sostuvo.

En el mismo sentido, Lorena Tivita, docente de la escuela 4 del Distrito Escolar 21, señaló que “en la educación inicial se trabaja en la autonomía del niño y en darle la confianza para que pueda 'aprender a', esto es: aprender a trabajar con otros, a buscar información, a resolver situaciones y esto se hace en un momento irrepetible de la vida, donde el niño cuenta con una gran permeabilidad”.

La maestra celebró el anuncio de la obligatoriedad de la sala de cuatro: "Es una noticia que nos llena de felicidad porque por un lado impulsa a los padres a llevar a sus hijos pero lo que es más interesante es que obliga a los diferentes estados a ofrecer las vacantes necesarias para cubrir la demanda”.

Tivita señaló que en la Ciudad de Buenos Aires “hay muchos niños en la zona sur que recién se escolarizan en sala de cinco porque antes no contaban con vacantes. En otras provincias de Argentina también existe esta problemática por lo que una ley nacional de estas características obligará a todas las jurisdicciones a poner los recursos para cumplir con esa obligatoriedad”.

Por su parte, Verónica Piseta, docente de inicial y dirigente de la Unión de Trabajadores de la Educación (UTE), recordó que “cuando se trabajó el proyecto de Ley de Educación Nacional, para el nivel inicial se universalizó la sala de cuatro, de modo que todo aquel que quisiera ir pudiera hacerlo, pero esta propuesta de la obligatoriedad es superadora”.

“La obligación de la sala de cuatro es una protección y un avance sobre los derechos de la educación porque el nivel inicial es el único nivel educativo que no se puede recuperar en otro momento”, sostuvo Piseta.

Para la maestra, "hay cuestiones simbólicas y de desarrollo cognitivo que si no lo atendés dentro de los primeros años de vida luego es muy difícil de recuperar porque se trata del desarrollo psicofisiológico, y, en algún punto, es el que garantiza el éxito de los otros trayectos educativos”.

En la sala de cuatro, los niños desarrollan habilidades de la comunicación a través del lenguaje, aprenden a resolver en forma colectiva, incorporan valores como la solidaridad, la pluralidad, la democracia, desarrollan su creatividad, entre otras funciones.

El proyecto de ley enviado al Congreso por la Presidenta declara obligatoria la Educación Inicial para niños y niñas de cuatro años. Por lo tanto, modifica el artículo 16 de la Ley de Educación Nacional Nº 26.206 y establece que “la obligatoriedad escolar en todo el país se extiende desde la edad de cuatro años hasta la finalización del nivel de la Educación Secundaria”.

Asimismo, el proyecto modifica los artículos 18 y 19 de la ley, al fijar que “la Educación Inicial constituye una unidad pedagógica y comprende a los/as niños/as desde los cuarenta y cinco (45) días de vida hasta los cinco (5) años, siendo obligatorios los dos últimos” y que “el Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen la obligación de universalizar los servicios educativos para los/as niños/as de tres (3) años de edad, priorizando la atención educativa de los sectores menos favorecidos de la población”.

En Argentina, la matrícula total de las salas de tres, cuatro y cinco años aumentó un 24,2 por ciento entre 2001 y 2010, período durante el cual la población de esa edad decreció. La sala de cinco años, por ejemplo, pasó de un 90,8 por ciento de cobertura en 2001 a un 96,3 por ciento en 2010.

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