miércoles, 6 de noviembre de 2013

La Corte Suprema dejó sin efecto una sentencia que beneficiaba al gremio de Moyano

Se trata de una resolución de la Cámara del Trabajo que había beneficiado al gremio de Moyano para afiliar a empleados de Gate Gourmet, en perjuicio del gremio de la Alimentación.
 
La Corte revocó ayer una resolución de la Cámara del Trabajo y puso fin al conflicto por las afiliaciones entre el Sindicato Trabajadores de Industrias de la Alimentación, a cargo de Rodolfo Daer, y el Sindicato de Choferes de Camiones, liderado por Hugo Moyano.
 
Se trata de una resolución que había beneficiado a Camioneros para afiliar a empleados de Gate Gourmet, una empresa que elabora el catering para los aviones que salen desde Ezeiza y Aeroparque, en perjuicio del gremio de la Alimentación.
 
El Sindicato de Trabajadores de la Industria de la Alimentación de la Provincia de Buenos Aires promovió una acción de amparo cuestionando la validez del acuerdo que habían celebrado, a mediados de 2010, entre la empresa Gate Gourmet S.R.L. y el Sindicato de Choferes de Camiones.
 
En ese acuerdo la empresa reconocía que los trabajadores de su área de transporte estaban representados por este último y, en consecuencia, regidos por el convenio colectivo de los camioneros.
 
El sindicato de la alimentación sostuvo que durante más de treinta años había ejercido pacíficamente la representación de todo el personal de esa empresa, y que el acuerdo, suscripto bajo la presión de medidas de fuerza de los camioneros, era ilegal.
 
En la causa, la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, mediante el voto de la jueza Diana Cañal y de Néstor Rodríguez Brunengo, al revocar el fallo de primera instancia, rechazó la demanda.
 
El sindicato de la alimentación interpuso un recurso extraordinario planteando la nulidad de la sentencia de la Cámara por haber sido dictada en el marco de graves irregularidades que, según dijo, afectaban su derecho a la defensa en juicio.
 
En concreto, alegó que la sentencia fue dictada antes de que las partes quedaran notificadas de la resolución que hacía saber qué jueces iban a integrar la Sala III, y que, por tal motivo, se vio privado de la posibilidad de objetar la intervención de la jueza Cañal en razón de que su nombramiento como jueza había sido promovido por quien fue secretario general del sindicato de camioneros.
 
Finalmente, la Corte, remitiendo a los fundamentos de la Procuración, admitió el planteo del sindicato de la alimentación al comprobar esa irregularidad invocada y revocó el fallo de la cámara.
 
El año pasado, el Procurador de la Nación, Luis González Warcalde, ya había sugerido anular el fallo de la Cámara del Trabajo que beneficiaba al titular del sindicato de Choferes de Camiones, Hugo Moyano, en la disputa por el encuadramiento de trabajadores de la empresa de catering Gate Gourmet.
 
El dictamen había sido firmado por la Jueza Cañal y por Néstor Miguel Rodríguez Brunengo, estando este último, según se dijo, internado en la sala de terapia intensiva del Hospital Italiano.

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