jueves, 3 de marzo de 2016

La Justicia ordenó que Vidal reincorpore a una despedida

EL JUEZ LUIS ARIAS HIZO LUGAR A LA CAUTELAR PRESENTADA POR UNA EMPLEADA DE PLANTA DE LA SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA DEL GOBIERNO BONAERENSE, QUE DENUNCIÓ QUE FUE CESANTEADA "SIN LA SUFICIENTE MOTIVACIÓN QUE TODA DECISIÓN ADMINISTRATIVA DEBE EXPONER" Y SIN "CAUSAL MATERIAL ALGUNA QUE LO JUSTIFIQUE".

El juez en lo Contencioso Administrativo N° 1 de La Plata ordenó la reincorporación de Guadalupe Pilar Antonioli, quien se desempeñaba en la Secretaría Legal y Técnica de la Secretaría General de la gobernación de la provincia de Buenos Aires. 

Arias sostuvo que debe volver a su puesto de trabajo "en el cargo y función que desempeñaba, disponiendo el pago de la remuneración acorde a la categoría que venía percibiendo, de manera inmediata", de acuerdo al fallo difundido ayer.

Antonioli solicitó la medida cautelar luego que por decreto N° 31/2016 se dispusiera el cese en el cargo que revestía como personal de planta permanente. Según la mujer, su cese fue ordenado "sin la suficiente motivación que toda decisión administrativa debe exponer, ello así por cuanto el mismo no hace referencia a causal material alguna que lo justifique" y que no se explicaba si había alguna supuesta falta de idoneidad técnica o moral para el cargo detentado.

El juez, en su resolución, apela a varios fallos, entre ellos uno de la Corte Suprema de Justicia de la Nación quien sostuvo que "la cancelación de una designación en planta permanente dentro del período de prueba constituye una facultad discrecional, pero ello no exime a la Administración de respetar los recaudos que exige la normativa para la validez de los actos administrativos".

Arias, agregó que el fallo de la Corte, "indicó que la mera circunstancia de que el plazo de prueba no hubiera transcurrido, no resulta suficiente para justificar la validez del acto de cese y que, un acto que cancela una designación, sin tener en cuenta circunstancias de evaluación de idoneidad, carece de causa, motivación suficiente y asimismo, presenta un vicio en su finalidad".

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