LA CÁMARA DE DIPUTADOS CONVIRTIÓ EN LEY ESTE JUEVES EL PROYECTO QUE AGRAVA LAS PENAS POR DELITOS VIALES, CON 197 VOTOS A FAVOR, UNO EN CONTRA Y 4 ABSTENCIONES.
La iniciativa establece que no se podrá excarcelar a los responsables de ocasionar accidentes que produzcan la muerte de una o más personas, ya que se fijó una pena mínima de tres años.
De esta forma la Cámara baja dio luz verde a la iniciativa presentada por organizaciones de familiares de víctimas, como Madres del Dolor, rechazando los cambios que había introducido el Senado el pasado 23 de noviembre.
Además, se establecen con precisión como causales de este tipo de delitos el exceso de velocidad y la conducción en estado de ebriedad.
En la Argentina, según las estadísticas, 25 personas mueren cada día por siniestros viales. A partir de la sanción de la ley, no podrá obtener la excarcelación quien provoque la muerte de una o más personas y se dé a la fuga, maneje a un 30% más de la velocidad máxima permitida o tenga 0,5 gramos de alcoholo por litro de sangre (profesionales) o 1 gramo por litro de sangre (particulares).
Además, la norma estipula que las penas por homicidios culposos serán de entre tres y seis años. En la actualidad son de dos a cinco años, es decir, excarcelables. También considera agravante el hecho de huir de la escena del accidente y abandonar a la víctima.
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