miércoles, 12 de noviembre de 2014

Zaffaroni consideró que la Corte ideal "debería tener 12,13 y hasta 15 miembros”

El juez sugirió, en ese sentido, que el máximo tribunal esté dividido en salas "que sean especializadas", pero a la vez reafirmó que "lo normal es que una institución funcione con todos sus miembros" tal cual lo establece la ley vigente que indica que la Corte debe tener cinco miembros.

"Cuando hablo de 12 o de 15 miembros, digo una Corte en la que todos hagan control de constitucionalidad y que en los miles de casos que hay de arbitrariedad de sentencias haya una división en salas y que sean especializadas", explicó.

Luego, al ser consultado sobre el pedido de la oposición para que la Corte funcione con cuatro miembros cuando se efectivice su renuncia, respondió que "una cosa es el problema político y coyuntural que se debate en este momento y otra es lo que yo digo cuando hablo de 12 o 15".

"Yo pienso en una conformación ideal del Tribunal, conforme a las posibilidades y el espacio que deja esta Constitución", afirmó y manifestó que "no soy ingenuo respecto de las dificultades políticas de esto".

No obstante, expresó que "una Corte de cuatro miembros con la ley vigente -que establece que tiene que tener cinco ministros- sí puede funcionar porque tres hacen mayoría, pero lo normal es que una institución funcione con todos sus miembros".

Por otro lado, dijo no tener "autoridad" para sugerir nombres para su reemplazo, analizó que "es una facultad privativa de la Presidenta de la República" y agregó: "no tengo candidatos, no obstante, tengo la mejor de las opiniones sobre la decana de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, Mónica Pinto".

Zaffaroni formuló declaraciones durante la presentación del informe sobre "Violencia y Homicidios dolosos en la provincia de Buenos Aires", que presentó en el rectorado de la Universidad Nacional de La Plata junto al Defensor del Pueblo, Carlos Bonicatto.

El magistrado sostuvo que "nuestra Corte Suprema Federal es una corte que tiene por función conforme a la Constitución originaria y a la vigente de controlar la constitucionalidad de normas y leyes" y agregó que "es igual que la Corte de Estados Unidos, pero a diferencia del federalismo de ese país, donde cada provincia tiene su propio código de fondo, nosotros tenemos códigos únicos".

Asimismo, precisó que "en 1904 pasó lo que tenía que pasar: con códigos únicos y 25 interpretaciones diferentes, una sentencia llegó a la Corte, dijeron 'esto es una barbaridad' y entonces abrieron una actividad de la Corte que es controlar sentencias por sus arbitrariedades. Eso pasó excepcionalmente. Pero hoy, 110 años después, lo que fue excepcional se convirtió en regla. Debemos tener 100 causas por inconstitucionalidad de normas y todas las miles del resto que tenemos son por arbitrariedad de sentencias".

El magistrado analizó que "la arbitrariedad de sentencia no está regulada en la Constitución, que es una creación jurisprudencial; no está regulada en la ley 48, que es la que regula el trámite del recurso ante la Corte; y ya a esta altura es imposible hacerla desaparecer" y consideró que "valorar si una sentencia es o no arbitraria, es una cuestión de interpretación de ley".

"Es lo que, con otro nombre y un pequeño detalle distinto de procedimiento es Casación. Y Casación lo tiene que hacer un especialista en la materia de que se trate, sea civil, penal, administrativo o laboral. Control de constitucionalidad no, porque alcanza con que uno sepa derecho constitucional y sepa las nociones generales de cada materia", prosiguió.

Además, Zaffaroni explicó que "en la Corte hacemos Casación de materias de la que no somos especialistas; uno conoce su materia, algo sobre derecho constitucional y basta" y evaluó que "en ese sentido, estaríamos trabajando como en un hospital en el que el especialista de garganta opera un cerebro".

El juez también detalló que "se propuso en su momento crear un tribunal de arbitrariedades por debajo de la Corte y, si bien algunos constitucionalistas creen que es posible, a mí me resulta muy difícil pensar que con nuestra Constitución haya un tribunal que no sea la Corte y que sea competente para conocer sentencias o para anular sentencias de tribunales superiores de provincia".

"Por otra, parte, si se crea un tribunal por debajo de la Corte se corre un riesgo: constitucionalmente la Corte sigue siendo Suprema y por excepción puede ser que algún día diga 'voy a estudiar la arbitrariedad del tribunal de arbitrariedades'. En lugar de tres instancias, tendríamos cuatro", graficó.

Zaffaroni concluyó que "la solución ideal sería una reforma constitucional que separe el control de constitucionalidad de una Casación nacional".

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