miércoles, 17 de agosto de 2016

Denuncian abusos de las inmobiliarias porteñas en el cobro de las comisiones

EL MINISTERIO PÚBLICO DE LA DEFENSA ADVIERTE QUE LAS INMOBILIARIAS NO ACATAN LA MEDIDA JUDICIAL QUE ORDENABA ACATAR LA LEY.

El Ministerio Público de la Defensa de la ciudad de Buenos Aires (MPD), a través de la Defensoría en lo Contencioso Administrativo y Tributario nº 5, denunció el incumplimiento de la medida judicial dictada por el Juez Marcelo Segón, que ordenaba a las inmobiliarias la colocación de un aviso en la vidriera de los locales, para informar a los clientes de la existencia del amparo judicial, que tiene como objeto principal hacer cumplir el tope, establecido por ley, en las comisiones inmobiliarias. Además, debían incluir dicha información en sus sitios web.

A través de un relevamiento a 49 inmobiliarias ubicadas en distintos barrios porteños, se constató que sólo ocho (16%), cumplen con la orden judicial de colocar el aviso en la vidriera. Asimismo, ninguna de las inmobiliarias había publicado el aviso en su página web.

De la investigación realizada surge también que en 47 casos pudo verificarse la ausencia de la obligación legal impuesta por la ley 3588, que indica colocar, en un lugar visible, la transcripción de la normativa que establece el monto máximo de la comisión a cobrar al inquilino.

Por otra parte, tampoco ha podido constatarse el cumplimiento de las disposiciones de la Ley 5.115, en cuanto al deber de incluir en los avisos inmobiliarios la información acerca de las condiciones de accesibilidad de las personas con discapacidades físicas.

La acción judicial, originalmente iniciada por la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), apunta a que se declare la nulidad de la resolución 350/2016 del Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires (CUCICBA), que autoriza el cobro de comisión inmobiliarias a los inquilinos por locación de inmuebles, de entre uno y dos meses de alquiler. La resolución viola las disposiciones establecidas por el artículo 57 de la ley 2340 de la Ciudad, la cual fija un tope para las comisiones del 4,15% del total de contrato (lo que equivale aproximadamente a un mes).

Los altos niveles de incumplimiento por parte de las inmobiliarias de la orden judicial y de las obligaciones legales, demuestran una clara voluntad de ocultar información sobre los topes arancelarios, y un deficiente ejercicio de la función de control por parte del CUCICBA, en incumplimiento de sus atribuciones legales.

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