El director de la Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires, Iván Budassi, presentó una denuncia penal contra 21 supermercados chinos que, según surge de una investigación realizada por el fisco, habrían falsificado documentación con la intención de evadir el pago de sus obligaciones como contribuyentes de Ingresos Brutos, se informó.
Budassi subrayó que “las firmas involucradas poseen domicilio fiscal en las localidades de Quilmes, Lanús, Temperley, Lomas de Zamora, Banfield y Ciudad Autónoma de Buenos Aires” y explicó que “usaban certificados apócrifos para ser excluidas del régimen de percepción y retención, a través del cual los agentes de recaudación deben recibir de los contribuyentes, en este caso los autoservicios, pagos a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos”.
De esta forma, cuando los supermercados denunciados realizaban compras en distribuidoras o mayoristas, que actúan como agentes del fisco, entregaban documentación falsa al proveedor, que los exceptuaba del mecanismo de percepción y por ende evitaba que les cobren el tributo correspondiente.
Al referirse a la denuncia, el titular de ARBA destacó que “nuestra investigación comenzó a partir de las dudas que surgieron en una empresa distribuidora, respecto de la veracidad de los certificados fiscales que habían presentado algunos de estos supermercados cuando realizaron compras en el lugar”.
Los agentes del ente recaudador provincial detectaron que ninguno de estos contribuyentes había tramitado ante el organismo la exclusión del régimen ni se encontraba en condiciones para acceder a ese beneficio, confirmando que se trataba, prima facie, de una maniobra de falsificación.
A partir de allí, el fisco concretó una denuncia penal en la fiscalía descentralizada de Avellaneda, del departamento judicial de Lomas de Zamora, “por los presuntos delitos de falsedad de documento público y uso de documento falsificado”, según puntualizó Budassi.
Es que el artículo 292 del Código Penal dispone para estos ilícitos una pena de prisión de uno a seis años, si se trata de la adulteración de un instrumento público, y de seis meses a dos años, en caso de un documento privado.
Budassi sostuvo que “los indicios recolectados nos hacen suponer que el propósito de fraguar los certificados perseguía dos fines: por un lado, evadir los alcances del sistema de retenciones y percepciones. Y por otro, obstaculizar los cruces de datos que realizamos en ARBA sobre compras y ventas de los contribuyentes, para analizar la veracidad de sus declaraciones juradas de Ingresos Brutos”.
Además, resaltó que “al incurrir en este tipo de comportamientos y evadir el pago de impuestos, estos contribuyentes perjudican a todos los habitantes de la Provincia, ya que quitan recursos que son fundamentales para que el gobernador Daniel Scioli pueda seguir mejorando la seguridad y los demás servicios que presta el Estado”.
La documentación que posibilita a los contribuyentes solicitar la exclusión del régimen de percepción y retención se tramita por internet, desde la web de ARBA, y se aplica sobre quienes expresen disconformidad con la alícuota de recaudación o la categoría de riesgo asignada, siempre y cuando se cumplan determinadas condiciones establecidas por el fisco.
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