martes, 4 de agosto de 2015

Nuevo Código Civil y Comercial: ya pidieron el primer divorcio “express”

Tras la entrada en vigencia del nuevo Código Civil y Comercial, un hombre se presentó en la Justicia para conseguir la “separación unilateral”. 


Sebastián Cóppola (centro), junto a los abogados patrocinantes, Virginia 
Luna y Pablo Lestingi
No pierde el tiempo: el nuevo Código Civil y Comercial entró en vigencia  el último sábado y ayer, apenas 48 horas después, Sebastián Cóppola se presentó ante la Justicia para ejercer uno de los nuevos derechos codificados. Se trata de la posibilidad de pedir un “divorcio unilateral”, es decir, sin necesidad de un acuerdo entre la pareja que quiere separarse.

El primer pedido de divorcio unilateral recayó en el Juzgado Civil N° 23 a cargo del Juez Alejandro Olazábal, quién a las 7:30 de esta mañana recepcionó en su juzgado la solicitud por parte de la primera persona que peticiona la desvinculación conyugal. El demandante, Sebastián Cóppola, es un hombre que está separado de hecho hace 26 años de un matrimonio que duró tan sólo 27 días.

Con el patrocinio letrado de los abogados Virginia Luna y el Pablo Lestingi, finalmente, Sebastián Coppola obtendrá en forma rápida su sentencia de divorcio bajo el régimen del nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. Del matrimonio contraído hace 26 años no nacieron hijos ni existen bienes, tan solo una añeja libreta de matrimonio que refleja lo que Coppola elige llamar “un error de su juventud”.

Con posterioridad a la separación, los entonces contrayentes perdieron todo contacto pese a los intentos del hombre de dar con el paradero de quien fuese su esposa. “Ni las redes sociales me permitieron encontrarla y nunca antes pude divorciarme porque la ley anterior complicaba bastante el trámite, según me habían dicho varios abogados que consulté a lo largo de los años”, señaló Coppola.

En lo relativo al divorcio, el nuevo Código Civil establece que a partir de ahora podrá ser solicitado por uno o ambos cónyuges, sin tener que esperar un plazo mínimo, como era necesario hasta ahora, y se elimina -además- lo que se conocía como el divorcio por “culpa”, que incluía figuras legales como el adulterio o las injurias graves. 

De esta manera, desde el sábado es suficiente que uno de los dos cónyuges manifieste su voluntad de disolver la pareja, sin necesidad de mutuo acuerdo ni de que transcurra un plazo mínimo antes de formalizar el pedido ante los tribunales. 

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