viernes, 8 de diciembre de 2017

Los argumentos de Bonadio para ordenar detenciones: gravedad penal, entorpecimiento, multiplicidad de causas y "traición a la patria"

EL CENTRO DE INFORMACIÓN JUDICIAL (CIJ) QUE ADMINISTRA LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DIFUNDIÓ LAS 491 PÁGINAS DEL FALLO DE CLAUDIO BONADIO, EN EL QUE DISPUSO EL PROCESAMIENTO CON PRISIÓN PREVENTIVA DE CRISTINA DE KIRCHNER EN LA CAUSA QUE INVESTIGA LA VERACIDAD DE LA DENUNCIA QUE ALBERTO NISMAN DESLIZÓ POR LA FIRMA DEL MEMORÁNDUM CON IRÁN.

En su sentencia de procesamientos, Bonadio también consideró necesaria la detención de algunos de los imputados, y por eso fueron apresados Carlos Zannini, Luis D'Elía, Fernando Esteche y Jorge "Yussuf" Khalil. Para encarcelar a la actual senadora nacional le solicitó al Congreso nacional que vote el desafuero. A la ex jefa de Estado la acusó de cometer "los delitos de traición a la patria, encubrimiento agravado por el hecho precedente y por su condición de funcionaria pública, y estorbo de un acto funcional, todos en calidad de coautora".

La decisión de Bonadio incluye además la orden de prisión domiciliaria para el ex canciller Héctor Timerman por su delicado estado de salud. En tanto, Oscar Parrilli, Andrés Larroque, Eduardo Zuain, Juan Martín Mena, María Angelina Abonna y Ramón Allan Bogado fueron procesados sin prisión preventiva, aunque a la mayoría les dictó la prohibición de que salgan del país.

Los argumentos del juez para ordenar las capturas son tres y están explicados en el apartado III.9. De la Libertad, página 444 a 467: 

1) la "seriedad" de los delitos que les imputan y la "eventual severidad" de las condenas a prisión que recibirían en caso de ser hallados culpables; 

2) la posibilidad de "entorpecer el accionar judicial" y el "descubrimiento de la verdad" en la causa; 

3) la cantidad de otros procesos judiciales abiertos en su contra, incluso con algunas condenas sin sentencias firme.

De la lectura fina de la resolución se desprende que el magistrado de primera instancia evaluó que el desafuero y las detenciones diluyen los "peligros de la realización del proceso"; son "imprescindibles"; se deben a "circunstancias objetivas y ciertas"; acarrean "severos" castigos penales; impiden el "intento fuga"; y echan por tierra la "posibilidad de elusión de los encausados de este proceso y de entorpecer las investigaciones"



• Antecedentes

Para justificar las prisiones preventivas, Bonadio citó como antecedente fallos de la Corte (319:1840), contra el barrabrava de Boca Juniors Rafael Di Zeo (N° 22.822), el gremialista bancario Juan José Zanola (N° 14.396), el exdirectivo de la DAIA, Rubén Beraja (N° 20.961), ex subsecretario de Coordinación y Control de Gestión del Ministerio de Planificación, Roberto Baratta (N° 10.456) y la fallecida María Julia Alsogaray, entre otros. 

Para pedir el desafuero de la exmandataria recordó la sentencia contra el diputado Julio De Vido de los jueces de la Sala II de la Cámara de Apelaciones Martín Irurzun, Eduardo Farah y Leopoldo Bruglia(N° 5.218) del octubre pasado. Estos mismos camaristas podrían ser los encargados de resolver la lluvia de apelaciones y pedidos de libertad que todos los acusados presentarán en las próximas horas.

El voto de Irurzun para reclamar la expulsión de De Vido de la Cámara baja fue clave para Bonadio. El camarista consideró que presentarse ante la Justica cada vez que es requerido no es motivo suficiente para no interferir en la pesquisa. Es más, advierte que el poder que ostentaron los exfuncionarios alcanza para perjudicar el trámite. "A la hora de examinar la presencia de riesgos procesales no corresponde limitar el análisis al arraigo o la manera en que los involucrados se comportan formalmente en el proceso penal, sino que resulta especialmente relevante determinar si existen datos reales, concretos y objetivos que permitan razonablemente presumir que los lazos funcionales tejidos al amparo del acuerdo criminal se encuentran aún vigentes y puedan estar siendo utilizados en perjuicio de la investigación penal. En el caso [...] en el marco de un proceso que involucra la investigación de actos de corrupción complejos, que habrían sido desarrollados en la necesaria intervención de funcionarios de diversas áreas del Estado y al amparo de su estructura, durante un extenso período".

Para machacar la multiplicidad de trámites abiertos en la Justicia contra de la senadora, mencionó una causa contra el ex vicepresidente detenido Amado Boudou (Nº 1.999) y detalló los expedientes que tramitan: en etapa oral, la causa 12.152 en el TOF N° 1 por el delito de defraudación contra la administración pública; en instrucción en el juzgado de Julián Ercolini la N° 5.048 y N° 11.352, en la cual está procesada, entre otros delitos, como integrante de una asociación ilícita; y la N° 3.732, que también tramite Bonadio por el delito de lavado de activos y jefe de otra asociación ilícita, confirmada por la Cámara. 

A D'Elía le enrostró que fue condenado en dos oportunidades a prisión condicional -cuatro días de cárcel por pegar una trompada (N° 41.703/08) y cuatro años de prisión por la toma de la comisaría en La Boca-, y que tiene un juicio en puerta por "incitación a la discriminación". A Esteche reprendió por tres condenas anteriores (3 años por la N° 279/98; 3 y ocho meses N° 853/07 y otros 3 años por la N° 1.643, las últimas dos unifcadas en una sola condena de 4 años y seis meses).

• Embargos

Bonadio decidió que los montos de los embargo se correspondan al resarcimiento económico del atentado que causó 85 muertos y 150 heridos."El monto del embargo contemplará las eventuales indemnizaciones civiles, el pago de la multa y costas que pudieran resultar a raíz de las respectivas acciones que pudieran entablar las víctimas en sede civil", afirmó. 

E esa línea, embargó por $ 50 millones a Cristina, Timerman, Zanini, Zuain, Mena, Abbona y por $ 35 millones para Parrilli, Larroque, Khalil, Eteche, D' Elía y Bogado. Al mismo dictó a falta de mérito y sobreseyó a los ex secretarios privados de Timerman, Luciano Tanto Clement y José Alberto Mercado; el ex vicecanciller Alberto Pedro D ìAlotto y la ex consejera legal de la Cancillería, Susana Ruiz Cerutti.

• Argumentos

Por último, Bonadio no solo creyó suficiente la gravedad penal, el posible entorpecimiento de la causa y la multiplicidad de trámites en la Justicia para reclamar las privaciones de libertad, sino que abrió una puerta para nuevos argumentos que expliquen su accionar. 

"Cabe destacar que aún resta por analizar en profundidad los correos electrónicos secuestrados en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la Nación, que ascienden a ciento treinta y seis mil ochocientos cincuenta y siete (136.857), y los obtenidos de la Procuración del Tesoro de la Nación, que rondan en un número cercano a los ciento veinte mil (120.000). Lo mismo ocurre con las comunicaciones realizadas entre las doscientos siete (207) líneas vinculadas con los imputados y los abonados telefónicos con los que se comunicaron, aportado por la Dirección de Asistencia Judicial en Delitos Complejos y Crimen Organizado (DAJuDeCO)", que depende de la Corte Suprema.

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