sábado, 23 de septiembre de 2017

El primer paso para frenar la política antimigratoria: un fiscal advirtió que el decreto de Macri es inconstitucional

MIGUEL ÁNGEL GILLIGAN CONSIDERÓ QUE LOS ARTÍCULOS DEL DECRETO QUE ACORTAN A TRES DÍAS HÁBILES EL TIEMPO DE DEFENSA DE LOS MIGRANTES VULNERAN SUS DERECHOS Y PIDIÓ QUE SEAN DECLARADOS INCONSTITUCIONALES. LO HIZO EN RESPUESTA AL AMPARO QUE PRESENTARON EL CELS, LA COMISIÓN ARGENTINA PARA REFUGIADOS Y MIGRANTES (CAREF) Y EL COLECTIVO POR LA DIVERSIDAD (COPADI).

A nueve meses de la sanción del decreto que restringió los derechos de las personas migrantes y luego de que la norma haya sido judicializada por considerar que imponía nuevos mecanismos de expulsión, el fiscal en lo contencioso administrativo Miguel Ángel Gilligan pidió que se declare inconstitucional parte de la normativa por considerar que viola el derecho a la Justicia de la comunidad migrante. También solicitó que se haga lugar al amparo interpuesto por organizaciones de derechos humanos y sociales que denunciaron que el DNU amplió los motivos de expulsión y recortó los tiempos de defensa de las personas migrantes.

El amparo fue interpuesto por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), la Comisión Argentina para Refugiados y Migrantes (CAREF) y el Colectivo por la Diversidad (COPADI), al mes de conocerse el decreto de necesidad y urgencia, en enero pasado. Las organizaciones advirtieron que la nueva normativa, que modificó la Ley de Migraciones, avanzó “contra el debido proceso, la protección judicial efectiva y acceso a la justicia, el derecho a igual protección de la ley y a la no discriminación y el derecho a la libertad ambulatoria”. Para las organizaciones el decreto sancionado por Mugrizio Macri marcó un cambio en la política migratoria del Estado “que pasó de ser de asistencia al migrante a persecutoria”.

El fiscal Gilligan pidió que se declare la inconstitucionalidad de los artículos 14, 16 y 24 del DNU, dado que -tal como cuestiona el amparo- estos artículos acortaron el plazo de hasta 30 días que tenían las personas migrantes para interponer su defensa y fijaron un tiempo máximo de tres días para cualquier tipo de acción. "La exigüidad de los plazos que introduce el mencionado decreto para la interposición del recurso jerárquico y judicial (3 días hábiles), se erige como un obstáculo para que el migrante haga valer su defensa en forma efectiva y, sobre todo, en condiciones de igualdad procesal con otros justiciables", aseguró el fiscal. La decisión la tiene ahora el juez de primera instancia Ernesto Marinelli.

“El dictamen es un primer paso muy importante porque nos reconoció uno de los planteos que hacemos en el amparo sobre la reducción enorme de los plazos para apelar una expulsión y los obstáculos que establece el DNU para acceder a una asistencia jurídica. El fiscal dice que estos artículos modifican las garantías del debido proceso y son contrarias a la constitución”, dijo Diego Morales, director del Área de Litigio y Defensa Legal del Centro de Estudios Legales y Sociales.

El abogado del CELS aclaró que “el DNU redujo las garantías del migrante frente a una orden de expulsión. Le da tres días nada más para armar su defensa, quejarse y recurrir a un abogado. También eliminaron la posibilidad de contar con un defensor que provee el Estado. Esto quiere decir que si la persona no consigue abogado, sigue el trámite de expulsión”.

Para Morales, el dictamen es “muy importante” para la recomposición de los derechos de las personas migrantes que fueron afectados por el decreto, que popularmente se conoció como "anti migratorio". 

Asimismo, Morales celebró que el fiscal autorizara la acción de las organizaciones como “representantes legítimas” de las personas migrantes y que permitiera la causa colectiva.

El director del Área de Defensa de CELS aclaró, sin embargo, que el dictamen del fiscal no hizo lugar a otros dos de los tres planteos que hicieron en el amparo: los relativos a la cuestión de fondo del decreto y a la manera en que la autoridad migratoria instrumenta su accionar. En el primer caso, las organizaciones denunciaron que el cambio de normativa autoriza la expulsión de un inmigrante “por el sólo hecho de haber ingresado en el sistema penal”. Esto es, tener una denuncia o cualquier requerimiento judicial aunque no tuviera condena, algo que modificaba el principio de inocencia.

También cuestionaron que el nuevo decreto presume que es responsabilidad del migrante la notificación de cualquier decisión que lo afecte. “Esto quiere decir que si la persona vive en una villa donde el correo no llega o se mudó y no actualizó su dirección, es problema del migrante no enterarse de un pedido en su contra, por ejemplo”, explicó.

Aún cuando esos dos planteos no fueron tenidos en cuenta, para Morales, el dictamen del fiscal Gilligan es “una oportunidad para que la Justicia repare” el recorte de derechos que el DNU impuso para las personas migrantes. “Hoy el DNU está en vigencia plena y los efectos se ven en el día a día. Los migrantes hoy tienen sólo tres días para defenderse y no pueden acudir a la Justicia”, volvió a criticar el abogado, que se mostró optimista con el camino que aún debe recorrer el amparo.

Fuente: nota de Alejandra Hayon para Página/12

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