jueves, 4 de mayo de 2017

Escandaloso fallo de la Corte Suprema: benefician con el 2x1 a genocidas condenados por delitos de lesa humanidad

EN OTRA AVANZADA CONTRA LOS DERECHOS HUMANOS, LA CORTE DECIDIÓ POR MAYORÍA QUE EL BENEFICIO PARA ACORTAR LAS PENAS SE APLIQUE A LOS DELITOS DE LESA HUMANIDAD. 


Por decisión de la mayoría de sus integrantes, la Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró aplicable el cómputo del 2x1 para delitos de lesa humanidad.

De esta manera, la ley 24.390 (conocida como 2x1), que estuvo vigente entre los años 1994 y 2001, y reduce el cómputo de la prisión, será aplicada a la categoría de crímenes cometidos en contra de la humanidad.

A favor de la medida votaron los jueces Elena Highton de Nolasco, Horacio Rosenkrantz y Carlos Rosatti. En disidencia se manifestaron Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda.

El fallo fue dictado en el caso de Luis Muiña, quien en 2013 fue condenado a 13 años de prisión por ser "coautor del delito de privación ilegal de la libertad" e "imposición de tormentos" en cinco casos.

En un voto conjunto, los jueces Rosenkrantz y Highton consideraron que la resolución de la Cámara se había apartado de las normas convencionales y constitucionales, y sostuvieron asimismo que el artículo 2 del Código Penal establece que el beneficio de la aplicación de la ley penal más benigna resulta extensivo a todos los delitos, sin realizar distinción alguna, concluyendo que los tribunales no podían negar a algunos lo que debe otorgarse a todos.

Asimismo destacaron su apego al precedente "Arce" donde se decidió que a los efectos de la aplicación de la ley penal más benigna lo que importa es que el delito se hubiera cometido durante su vigencia.

En tanto, el juez Rosatti argumentó que si el legislador no previó un régimen diferenciado que excluyera la aplicación de la ley penal más benigna a los delitos de lesa humanidad no lo puede hacer ahora el juez, "pues de otro modo éste se convertiría en aquel, violentándose el principio constitucional de división de poderes".

Por otra parte, Lorenzetti y Maqueda, en disidencia con la mayoría sostienen que no se ha dado ningún cambio en la valoración de los delitos de lesa humanidad. "Por el contrario, existe una consistencia en la definición, calificación y persecución de este tipo de delitos que se ha mantenido en diversos precedentes, no sólo de esta Corte Suprema, sino de todo el Poder Judicial", remarcaron en sus fundamentos.

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