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sábado, 24 de junio de 2017

La Justicia adicta confirmó el cierre de la investigación contra Arribas por supuesto cobro de coimas

LA CÁMARA FEDERAL DE CASACIÓN PENAL RATIFICÓ EL CIERRE DE LA CAUSA CONTRA EL TITULAR DE LA AGENCIA FEDERAL DE INTELIGENCIA (AFI), GUSTAVO ARRIBAS, POR PRESUNTO COBRO DE SOBORNOS POR PARTE DE LA EMPRESA BRASILEÑA ODEBRECHT.

La Sala III del tribunal confirmó lo resuelto en primera instancia y de esa forma Arribas termina sobreseído. 

Vale recordar que Leonardo Meirelles, arrepentido del Lava Jato de Brasil, había declarado que el funcionario cobró 850.000 dólares por gestiones para adjudicarle el soterramiento del tren Sarmiento a la constructora brasileña.

Arribas ya había sido sobreseído en primera instancia por el juez federal Rodolfo Canicoba Corral y luego por la Cámara Federal: si bien el fiscal Germán Moldes no apeló sí lo hizo la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA).

La PIA es la que coordina todas las fiscalías que trabajan en conjunto con sus pares de Brasil para obtener información del expediente Lava Jato en ese país, donde uno de los capítulos es sobre las coimas que Odebrecht pagó en distintos países.

Incluso, Odebrecht confesó haber pagado en la Argentina unos 35 millones de dólares en sobornos para acceder a obras públicas en el país, lo que ahora investiga la Justicia.

Los jueces Eduardo Riggi, Angela Ledesma y Juan Carlos Gemignani resolvieron sobre la admisibilidad de la apelación de la PIA y concluyeron que el organismo encargado de investigar la conducta de los funcionarios públicos intervino cuando Arribas no lo era para la época en que sucedieron los hechos, en 2013.

"La Procuraduría de Investigaciones Administrativas ha sido creada a efectos de intervenir expresamente en aquellos hechos en los que el protagonismo central está asignado a funcionarios públicos, esto es, en relación a ilícitos cuyo título de imputación justamente es una responsabilidad institucional", recordó el Tribunal.

En ese sentido, el fallo señaló que "esa condición funcionarial está ausente en la atribución del hecho que se le formula al imputado". 

"El encausado (Arribas) a la fecha de los hechos materia de investigación no había asumido función alguna en el ámbito de la administración pública", sostuvieron los camaristas. Ahora, el fiscal de Casación Javier De Luca puede apelar ante la Corte Suprema de Justicia.

Casación revocó el sobreseimiento del represor Luis Muiña

LA CÁMARA FEDERAL DE CASACIÓN PENAL DEJÓ SIN EFECTO EL SOBRESEIMIENTO DE LUIS MUIÑA, UN REPRESOR CIVIL ACUSADO POR HOMICIDIOS AGRAVADOS COMETIDOS EN EL HOSPITAL POSADAS EN EL MARCO DE LA OCUPACIÓN MILITAR DE ESE ESTABLECIMIENTO DURANTE LA ÚLTIMA DICTADURA.

Los jueces de la Sala IV del máximo tribunal penal del país Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Juan Carlos Gemignani revocaron el sobreseimiento de Muiña, por unanimidad, y ordenaron que prosiga su juicio ante el Tribunal Oral Federal 2 de la Capital Federal, informó este viernes el CIJ, sitio de noticias del Poder Judicial.

Condenado en 2011 a 13 años de prisión por secuestros y torturas, Muiña adquirió reciente notoriedad por el fallo de la Corte Suprema que le concedió el 2x1, beneficio previsto por una ley luego derogada que cuenta doble los días en prisión preventiva después de los dos años bajo ese régimen de detención.

Esta resolución que la Corte dictó por mayoría provocó una ola de rechazo expresado en masivas manifestaciones y motivó la sanción de una ley aclaratoria del Congreso Nacional que rechaza la aplicación del 2x1 a condenados por crímenes de lesa humanidad.

Al margen de esta polémica, ahora la Sala IV de la Casación revocó el sobreseimiento de Muiña respecto de los homicidios agravados de Jorge Mario Roitman, médico del Posadas que permanece desaparecido, y de Jacobo Chester, empleado del mismo hospital.

Como integrante del autodenominado "Grupo SWAT" que actuó durante la dictadura, Muiña había sido condenado en el juicio anterior en 2011 por la privación ilegal de la libertad y las torturas infligidas a múltiples víctimas, entre ellas Roitman y Chester.

Recientemente, una decisión del Tribunal oral interviniente lo desvinculó de este nuevo proceso en el que está acusado de haber perpetrado los asesinatos de Roitman y Chester, y que lo expone a una posible condena a prisión perpetua.

Para dictar ese sobreseimiento, el TOF2 argumentó que los hechos considerados en el nuevo juicio son los mismos que los de la causa previa, aunque calificados jurídicamente de manera más grave, en violación a la garantía constitucional contra la persecución penal múltiple (ne bis in ídem).

En el voto de Hornos -al que adhirieron los demás integrantes de la Sala IV-, el magistrado enfatizó que el "ne bis in ídem" alcanza a los juicios por graves crímenes contra la humanidad, que deben llevarse adelante con todas las garantías de la Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos. 

No obstante, entendió que en el caso no se encuentra acreditada la afectación a ese principio porque las conductas por las que acusa a Muiña en esta oportunidad (homicidio) resultan distintas a las del juicio anterior (secuestros y torturas), por el momento y de acuerdo a cómo fueron descriptas por la fiscalía y las querellas.

jueves, 22 de junio de 2017

La Cámara de Casación Penal confirmó la pena de siete años de prisión para el turco innombrable por tráfico de armas

EL EX PRESIDENTE SEGUIRÁ EN LIBERTAD, YA QUE TODAVÍA PUEDE APELAR A LA CORTE SUPREMA Y, ADEMÁS, TIENE FUEROS POR FORMAR PARTE DEL SENADO.

La Cámara Federal de Casación confirmó ayer la pena de siete años de prisión y catorce para ejercer cargos públicos para el ex presidente mufa, por el tráfico de armas a Croacia y Ecuador durante los '90.

Si bien la pena es de cumplimiento efectivo, el innombrable no quedará detenido porque tiene la posibilidad de apelar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación y además posee fueros de detención, ya que es senador nacional por la "Alianza Frente Popular Riojano".

Su mandato vence el 9 de diciembre de diciembre próximo y el ex presidente anunció que se presentará en las elecciones legislativas de octubre para renovar su banca. La condena también es a 14 años para ejercer cargos públicos. El fallo tampoco le impide ser candidato.

Si la Corte ratifica la condena en ese caso si quedará firme y se le deberá pedir al Senado el desafuero del riojano si continúa en el cargo. El ex presidente cumple 87 años en dos semanas, por lo que existe la posibilidad de cumplir la condena en prisión domiciliaria.

Fuentes judiciales informaron que los jueces de la Sala I de Casación, Ana María Figueroa, Ángela Ledesma y Juan Carlos Gemignani, también ratificaron las penas a entre cinco y cuatro años de prisión para otros 10 condenados, entre ellos el traficante de armas Diego Palleros y el ex interventor de Fabricaciones Militares Luis Sarlenga.

Como presidente, Menem firmó entre 1991 y 1994 tres decretos secretos para venderle armas a Panamá y Venezuela. Pero esos países eran una pantalla porque el destino final de 6.500 toneladas de armamento fue Croacia y Ecuador, sobre quienes regía una prohibición de venta de armas. La ONU había decretado un embargo sobre ambos países porque se encontraban en conflictos bélicos.

El caso llegó a juicio y en septiembre de 2011 el Tribunal Oral Penal Económico 3 absolvió al turco y a otros 17 acusados, entre ellos su cuñado y asesor Emir Yoma, al ex ministro de Defensa Oscar Camilión (quien falleció en febrero de 2016), a Palleros, a Sarlenga y a otros ex funcionarios de Fabricaciones Militares. Los fiscales Mariano Borisnky y Marcelo Agüero Vera habían pedido la pena de ocho años de prisión para el ex presidente.

Pero en marzo de 2013, Casación revocó la absolución y condenó al mufa y a otras 11 personas, entre ellas Camilión, Palleros y Sarlenga por el delito de contrabando agravado y confirmó la absolución de Yoma y el resto de los acusados. Fue la primera condena a un presidente de la Nación.

El caso volvió al tribunal oral para que se fijen las penas. Así, en junio de 2013 el ex mandatario recibió la pena de siete años de prisión, Camilión a cinco años y medio, Palleros cinco años, Sarlenga cuatro años.

Cuatro años después, Casación confirmó todas las condenas en un fallo de 258 páginas. También las de los ex funcionarios de Fabricaciones Militares Manuel Cornejo Torino, Haroldo Fusari, Edberto González de la Vega, Carlos Franke, Jesús Sabra, Jorge Cornejo Torino, Carlos Núñez, y Teresa Iñareta de Canterino que tienen penas de cuatro años y tres meses de prisión a cuatro años.

El turco y el resto de los condenados tienen 10 días hábiles para apelar el fallo a la Corte Suprema. El máximo tribunal deberá revisar la condena y la pena. Si ratifica todo, recién ahí quedará firme y se podrá ordenar la detención de los condenados ya que las penas son de cumplimiento efectivo.

El caso del mufa riojano es especial. Es senador nacional desde 2011 y eso le da fueros de detención. Su mandato vence a fin de año pero el ex presidente anunció que se se presentará a elecciones para retener la banca y así los fueros.

Cuando el tribunal lo condenó, dispuso que una vez que quede firme se le pida al Senado del desafuero. Para eso se debe citar a una sesión para quitarle los fueros y así poder cumplir con su detención. Pero además lo más probable es que cumpla la condena en su domicilio. Tiene 86 años -el próximo 2 de julio cumple 87- y un salud que le permitiría acceder a esa posibilidad.

Por esta causa el ex mandatario ya estuvo preso en 2001. El entonces juez federal Jorge Urso lo detuvo en junio de ese año y cumplió la detención en la quinta de su amigo y ex titular de la Casa de la Moneda Armando Gostanián. Estuvo detenido hasta noviembre de 2001 cuando fue liberado por un fallo de la Corte.

Esta no es la única condena contra el oriundo de Anillaco. El Tribunal Oral Federal 4 lo condenó en diciembre de 2015 a cuatro años y seis meses de prisión por el pago de sobresueldos a funcionarios de su gobierno con fondos destinados a inteligencia y seguridad. La decisión está bajo revisión de la Sala II de Casación que todavía no se pronunció.

martes, 13 de junio de 2017

¿Y Candela? ¿Y la moto? ¿Y la corrupción K?: la Cámara de Casación Penal rechazó el planteo de Cristina para que se investigue toda la obra pública del kirchnerismo

UN PLANTEO DE LA EX PRESIDENTA CRISTINA FERNÁNDEZ DE KIRCHNER PARA READECUAR EL OBJETO DE INVESTIGACIÓN EN LA CAUSA POR EL PRESUNTO DIRECCIONAMIENTO DE LA OBRA PÚBLICA FUE RECHAZADO POR LA CÁMARA FEDERAL DE CASACIÓN PENAL.

La defensa de la ex mandataria había requerido que la investigación abarcara la totalidad de las obras públicas adjudicadas desde el 25 de mayo de 2003 hasta el 9 de diciembre de 2015 en todo el territorio nacional.

Se trata de la causa que a cargo el juez federal Julián Ercolini, en la que se investiga el direccionamiento de los contratos de obras públicas viales al grupo Austral, propiedad del empresario detenido Lázaro Báez.

De esta manera, la Sala IV integrada por los magistrados Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Angela Ledesma, confirmó por unanimidad la decisión de rechazar el pedido de la exjefa de Estado.

El Tribunal consideró que "el objeto procesal de esta específica causa es delimitado por la parte acusadora en la etapa procesal correspondiente y que, además, lo obrado en la etapa de instrucción en meramente provisorio, pues es la etapa de juicio aquella en donde queda delimitada la descripción de los hechos concretamente imputados".

"La decisión aquí recurrida, en la que se confirmó la decisión del juez de grado de rechazar la solicitud de readecuación del objeto procesal de la causa planteada por la defensa de Fernández de Kirchner, no puede ser equiparada a sentencia definitiva en sus efectos, en la medida en que no se advierte, ni el recurrente logra demostrar, la causación de un perjuicio de imposible reparación ulterior, originado en el auto que se objetó", señaló el fallo.

Por el caso, la exmandataria se encuentra procesada, al igual que Báez, el exministro de Planificación Federal, Julio De Vido; el ex secretario de Obras Públicas, José López; el ex director de Vialidad Nacional, Nelson Periotti; y Carlos Kirchner, primo del fallecido Néstor Kirchner.

sábado, 10 de junio de 2017

Casación rechazó conceder el 2x1 al ex jefe de Campo de Mayo Santiago Omar Riveros

LA CÁMARA FEDERAL DE CASACIÓN PENAL RECHAZÓ AYER LA APLICACIÓN DEL BENEFICIO DEL 2X1 AL EX JEFE DE INSTITUTOS MILITARES DE CAMPO DE MAYO SANTIAGO OMAR RIVEROS, QUIEN FUE CONDENADO A CADENA PERPETUA POR LA DESAPARICIÓN DE UN JOVEN MILITANTE COMUNISTA.

Se trata del primer fallo del máximo tribunal penal del país luego de la sentencia de la Corte Suprema de Justicia que resolvió que la derogada ley del 2x1 es aplicable a los condenados por violaciones a los derechos humanos durante la dictadura.

En un fallo de más de 40 páginas, los miembros de la Sala II de Casación remarcaron el "irrenunciable compromiso asumido por el estado argentino de sancionar adecuadamente las graves violaciones a los derechos humanos".

Riveros fue condenado en agosto de 2009 por el secuestro, la tortura y el posterior asesinato del joven Floral "Negrito" Avellaneda y por el secuestro y la tortura de su madre, Iris Pereyra.

La defensa de Riveros había interpuesto un recurso de casación contra la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 1 de San Martín pero en el fallo de hoy los jueces Alejandro W. Slokar y Mariano H. Borinsky lo rechazaron. 

Por su parte, la juez Ángela Ledesma, sin pronunciarse sobre el fondo, votó por la remisión de las actuaciones al Tribunal Oral Federal de San Martín, en virtud de las "nuevas circunstancias".

En su voto, Slokar sostuvo que el 2x1 era inaplicable para este caso "especialmente teniendo en vista las irrenunciables obligaciones internacionales asumidas por el estado argentino de efectivizar la investigación, juzgamiento y sanción adecuada de graves violaciones a los Derechos Humanos". 

El juez Borinsky, en tanto, sostuvo que quienes sancionaron la ley del 2x1 no pudieron prever una excepción para los caso de Lesa humanidad toda vez que se sancionó durante el período que estaban vigentes las derogadas leyes de Obediencia Debida y Punto Final.

Riveros fue detenido en el año 2007 (la ley del "2x1" perdió vigencia en el año 2001) y condenado en el año 2009 a la pena de prisión perpetua por los hechos de los que resultaron víctimas Iris y su hijo Floreal, que tenía catorce años.

El padre de Floral, a quien el operativo conjunto de las fuerzas policiales y militares pretendía detener el día que secuestraron al adolescente y su madre, era delegado de la fábrica textil Tensa.

Avellaneda y su madre fueron secuestrados en el domicilio familiar, desapoderados de bienes personales, y trasladados a la Comisaría de Villa Martelli y posteriormente a Campo de Mayo, donde fueron torturados y Floral, asesinado.

El cadáver del joven fue hallado un mes después de su desaparición en las costas de la República del Uruguay, con signos de haber sufrido torturas físicas.

viernes, 12 de mayo de 2017

Juez a dedo: Macri designó a Mahíques en el máximo tribunal penal del país

EL EX MINISTRO DE JUSTICIA DE VIDAL HABÍA CONSEGUIDO, CON APOYO DE OFICIALISMO, QUE EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA LO NOMBRARA SIN PASAR POR UN CONCURSO. POR ESE MOTIVO LA CÁMARA DE CASACIÓN RECHAZÓ EL NOMBRAMIENTO, PERO EL EX HIJASTRO DE FLAVIA PALMIERO LO AVALÓ.

Finalmente, y a pesar del rechazo de la Cámara Federal de Casación Penal (CFCP), Mugrizio Macri designó por decreto al juez Carlos Mahiques, ex ministro de Justicia de la gobernadora fascista María Eugenia Vidal y juez de la Cámara de Casación porteña, para ocupar un cargo vacante en el máximo tribunal penal, casualmente en el juzgado que lleva una de las causas que más preocupan al régimen. La CFCP había rechazado el nombramiento de Mahiques por saltearse el concurso.

Mediante Decreto 328/2017 publicado ayer en el Boletín Oficial con la firma de Macri, se oficializó el traslado del juez desde la Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional de la capital a la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal. Esa Sala, integrada por los jueces Ledesma y Slokar, lleva la causa que investiga presuntos sobornos pagados por parte de la empresa Odebrecht por el soterramiento del tren Sarmiento.

El viernes pasado, la Cámara de Casación rechazó -con el voto de los jueces de Ángela Ledesma, Mariano Borinsky, Ana María Figueroa y Alejandro Slokar- la incorporación de Mahiques a ese tribunal luego de que el Consejo de la Magistratura aceptara la designación.

El nombramiento de Mahiques, mediante el decreto presidencial, dejó en evidencia irregularidades constitucionales, legales y reglamentarias en torno al nombramiento de un juez definitivo federal en la máxima instancia penal de todo el país, lo que afecta a la división de poderes, la independencia judicial y la seguridad jurídica.

En el caso de Mahiques no hubo concurso de oposición y antecedentes, a pesar de que existía un concurso en trámite hace 4 años. Ese trámite está paralizado porque los candidatos que se perfilan para acceder al cargo no son del gusto del oficialismo. 

El ahora designado por Macri desistió de dar examen en el marco de ese concurso. Para su traslado tampoco hubo conformidad de la Cámara de Casación ni pedido de opinión al tribunal de origen, la Casación porteña

A dichas irregularidades se suma que Mahiques no es juez del mismo fuero, pasa a federal pero se desempeña en la Justicia ordinaria, y tampoco proviene de la misma jurisdicción, dado que integra la Casación porteña y pasaría al tribunal que tiene jurisdicción en todo el país. El juez, además, no cumplió con el requisito de 4 años antigüedad en el cargo.