jueves, 11 de mayo de 2017

Para Zaffaroni, la Corte cometió "dos errores técnicos graves" en el fallo 2x1

EL EX MINISTRO DE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA EUGENIO ZAFFARONI SOSTUVO QUE EL FALLO DE MAYORÍA DEL MÁXIMO TRIBUNAL QUE ADMITIÓ LA APLICACIÓN DEL BENEFICIO DEL 2X1 A UN CONDENADO POR DELITOS DE LESA HUMANIDAD TUVO "DOS ERRORES TÉCNICOS GRAVES". AL RESPECTO, PRECISÓ QUE LA CORTE ADMITIÓ UNA APLICACIÓN RETROACTIVA EN UN SUPUESTO "QUE NO SE DA" Y TAMPOCO DIFERENCIÓ LA CARACTERÍSTICA DEL DELITO DE ACUERDO A LA DOCTRINA Y LA JURISPRUDENCIA.

Zaffaroni pasó ayer por el Senado para sumarse a Abuelas y Madres de Plaza de Mayo, hijos y familiares y desaparecidos que fueron a apoyar la sanción de la ley "interpretativa" que, confían, revoque el fallo del máximo tribunal.

"Técnicamente lo que ha pasado es que hay un voto de mayoría que incurre en dos errores técnicos graves: primer error técnico pretender que se aplique retroactivamente una ley penal cuando el supuesto para la aplicación retroactiva no se da y, en segundo término, no admitir la distinción entre delitos instantáneos y delitos permanentes que lo admite toda nuestra doctrina, toda nuestra jurisprudencia", manifestó.

El ex miembro del máximo tribunal indicó respecto de la aplicación del 2x1, beneficio derogado en 2001, que "si bien por cierto era una ley penal presuponía un hecho procesal y el hecho procesal es que en vigencia de la ley total o parcialmente se haya cumplido prisión preventiva o por lo menos haya habido un proceso, en este caso ni siquiera ha habido un proceso"

Zaffaroni dijo que ese fue el criterio que aplicó en el fallo Arce y "ese es el criterio al que yo me remití, ese es el fundamento que siempre se ha sostenido en nuestro doctrina, en nuestra jurisprudencia".

El juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), quien se retiró de la Corte Suprema al cumplir 75 años, declinó hacer declaraciones sobre la imputación judicial de los tres jueces, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Elena Highton de Nolasco, por el fallo que suscribieron, para "no contaminar con consideraciones políticas" la cuestión técnica-jurídica.

Con relación a la aplicación del artículo 280, Zaffaroni precisó que permite a la Corte decidir las causas que se tratarán y las que no, una facultad a la que dijo que apela con frecuencia el tribunal.

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