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miércoles, 29 de noviembre de 2017

Exigen la salida de Milagro Sala de la cárcel: "El Estado está obligado a cumplir"

EL CENTRO DE ESTUDIOS LEGALES Y SOCIALES PRECISÓ LOS ALCANCES DE LA MEDIDA PROVISIONAL DISPUESTA POR LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS EN FAVOR DE LA DIRIGENTE SOCIAL. DETALLÓ QUE ANTES DEL 15 DE DICIEMBRE SE DEBE SUSTITUIR LA PRISIÓN PREVENTIVA POR LA PRISIÓN DOMICILIARIA EN SU RESIDENCIA HABITUAL O IMPLEMENTAR MEDIDAS MENOS RESTRICTIVAS A SUS DERECHOS.

"Esta es la cuarta o quinta conferencia que hacemos en el CELS por el seguimiento de la detención arbitraria de Milagro Sala, que ya va a cumplir dos años". Horacio Verbitsky, presidente del Centro de Estudios Legales y Sociales, arrancó así el informe que brindó junto a Gastón Chillier, director ejecutivo del organismo; Gabriela Kletzel, directora del equipo de trabajo internacional y Elizabeth Gómez Alcorta, del equipo de abogados defensores de Sala, sobre los alcances de la reciente medida provisional dispuesta por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) a favor de la diputada del Parlasur, que se encuentra detenida en el penal de Alto Comedero, Jujuy

La Corte IDH le dio plazo hasta el 15 de diciembre al Ejecutivo nacional para que sustituya la prisión preventiva por la prisión domiciliaria en su residencia habitual, o medidas menos restrictivas a sus derechos. Según se indicó en la conferencia de prensa, el fallo es de "cumplimiento obligatorio".

"Tenemos que entender que es muy raro que la Corte dicte una resolución de esta naturaleza. El caso tiene que ser muy grave. Y la resolución es muy clara en cuanto a la gravedad y la urgencia. La Corte dice claridad que Milagro tiene que salir de la cárcel e ir a una prisión domiciliaria, y no excluye la posibilidad de la libertad", indicó Verbitsky. 

La medida dispuesta por la Corte IDH fue dictada luego de que la CIDH le solicitara su intervención ante el incumplimiento del Estado nacional de la medida cautelar que había sido dictada el 27 de julio de este año y que ordenaba el traslado de Sala a un régimen de prisión domiciliaria. La Corte IDH apuntó contra el juez Pablo Pullen Llermanos y advirtió su "equivocación" a la hora de analizar los informes médicos y un desconocimiento del principio de autonomía de las personas detenidas respecto a la prestación de servicios de salud por parte del magistrado.

"La Corte es explícita, entiende que la situación de Milagro es de gravedad extrema, que está en riesgo su salud física y psicológica, y su integridad personal", dijo Gómez Alcorta, al analizar la situación de su defendida tras 682 días de padecer una detención que se considera "arbitraria". En ese contexto señaló que se trata de “una medida histórica que hace justicia frente a un Poder Judicial y no solamente el de Jujuy sino también ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación que tiene dos incidentes respecto a Milagro para resolver que tienen dictamen favorable por parte de la Procuración General de la Nación desde abril”.

"El Estado no tiene ya más excusas para dilatar el cumplimiento de esta resolución que es además vinculante y obligatoria”, enfatizó la abogada.

“Esta es una medida sin antecedentes en varios sentidos”, detallo Kletzel por su parte y explicó que “no sólo porque la Corte acredita que se cumplen con los requisitos de extrema gravedad, urgencia e irreparabilidad del daño sino que además dispone específicamente cuáles son las medidas adecuadas para el cumplimiento de esta disposición provisional. Esto en ningún modo es habitual y si lo hace es porque está claro que estas medidas no pueden quedar al arbitrio de la Argentina porque ya ha demostrado con la construcción de una cárcel en el domicilio de La Cienaga y que han existido como mínimo errores de interpretación en lo que se refiere al cumplimiento de una orden de un organismo internacional. Que el máximo tribunal de derechos humanos de la región decida especificar la orden no es habitual y es muy relevante”.

Otro de los puntos centrales de la resolución se relacionan con la valoración por parte de la autoridad judicial respecto a la delicada situación de la diputada del Parlasur. “La Corte observa que los informes médicos y psicológicos revelan una situación de riesgo a la integridad personal y a la salud, tanto mental como física, de la señora Sala, asociada a los procesos judiciales que se le siguen. Distintos informes médicos han señalado que la señora Sala padece de un trastorno depresivo mayor”. Asimismo, consideró que la autoridad judicial interna, a la hora de valorar la situación de la dirigente social no tuvo en cuenta los dos episodios de autolesión que sufrió en la cárcel en febrero y octubre de este año. 

Según lo dispuso la Corte IDH, el régimen macrifascista debe presentar a mas tardar el 15 de diciembre un informe completo y detallado sobre el cumplimiento de lo dispuesto en la resolución de la Corte e informar cada tres meses al organismo sobre las medidas provisionales adoptadas.

Raúl Noro, esposo de Milagro Sala: "Deben cumplir el fallo y liberar a Milagro"

EL ESPOSO DE MILAGRO SALA, EXPLICÓ QUE LA RESOLUCIÓN DE LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, QUE EXIGIÓ AL ESTADO QUE REPONGA DE INMEDIATO LA PRISIÓN DOMICILIARIA DE LA DIRIGENTE SOCIAL, APUNTA “MÁS QUE A LO POLÍTICO, A UNA CUESTIÓN HUMANA”. CONTÓ QUE, JUNTO CON MILAGRO, “ESTÁN CONFORTADOS POR EL FALLO” Y ASEGURÓ QUE “ESO ES LO MEJOR, ES LO QUE LE DA SENTIDO A LA LUCHA CONTRA EL SUFRIMIENTO Y EL DOLOR".

El dictamen provisional de cumplimiento obligatorio que emitió el lunes la Corte Interamericana de Derechos Humanos ordenó al Estado argentino que “adopte, de manera inmediata, las medidas de protección que sean necesarias y efectivas para garantizar la vida, integridad personal y salud de la señora Milagro Sala”

Ayer, Noro pidió que el Estado no eluda nuevamente las directivas del máximo tribunal penal de la región. "Esperamos que el fallo sea de cumplimiento inmediato y no empiecen con subterfugios de que son jurisdicciones locales. Jujuy no es una República, no tiene canciller. Deben cumplir la orden y liberar a Milagro", aseguró el esposo de la dirigente social en declaraciones a Futurock

El régimen macrifascista ya incumplió la medida cautelar emitida por el Comisión Interamericana de Derechos Humanos el 27 de julio de 2017, en medio de críticas hacia los integrantes del organismo internacional. 

Noro enmarcó la resolución internacional anunciada ayer en un “contexto que la hostiga a Milagro”. “Querían que su salud se siga deteriorando”, denunció al recordar el episodio en el que el juez Pullen Llermanos decidió trasladarla nuevamente al penal de Alto Comedero cuando ella no aceptó hacerse un examen de salud. "El juez tergiversa la voluntad de Milagro. El juez le negó el derecho a la defensa, porque no informó a los abogados cuando la trasladó compulsivamente", añadió. 

El esposo de la dirigente social detalló además los alcances del fallo, que implica que ahora “sea trasladada a un arresto domiciliario en la casa de San Salvador de Jujuy”. En ese sentido, comparó el estado del domicilio de La Ciénaga en el que habían sido reubicados cuando la CIDH emitió la medida cautelar para asegurar su integridad física y psíquica. 

“La casa donde estábamos detenidos con Milagro fue devastada totalmente. No tenía luz, gas ni agua corriente. Entraron a robar y no dejaron ni los grifos de los baños. Cuando logramos reconstituir nuestra pareja de pronto la llevan de nuevo a la prisión. Vulneran los derechos y su salud mental", denunció. Sin embargo, destacó que “a pesar de todo” ellos siempre estuvieron “a derecho” y añadió que “seguimos creyendo en la Justicia”.

martes, 28 de noviembre de 2017

La Corte Interamericana de Derechos Humanos acorraló al régimen macrifascista: ordenó reponer "de manera inmediata" la prisión domiciliaria y "garantizar la vida, integridad personal y salud de Milagro Sala"

LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS REQUIRIÓ AL ESTADO ARGENTINO QUE ADOPTE “DE MANERA INMEDIATA” MEDIDAS DE PROTECCIÓN EN FAVOR DE LA DIPUTADA DEL PARLASUR. ORDENÓ QUE CUMPLA SU PRISIÓN PREVENTIVA EN ARRESTO DOMICILIARIO O BAJO ALGÚN RÉGIMEN MENOS RESTRICTIVO PARA SUS DERECHOS. TAMBIÉN REMARCÓ QUE “DEBE PREVALECER EL PRINCIPIO DE LA LIBERTAD DEL PROCESADO MIENTRAS SE RESUELVE SOBRE SU RESPONSABILIDAD PENAL”. EL RÉGIMEN MACRIFASCISTA TIENE HASTA EL 15 DE DICIEMBRE PARA INFORMAR CÓMO CUMPLIRÁ LA RESOLUCIÓN.

El máximo organismo del Sistema Interamericano de Derechos Humanos dictó una medida provisional en favor de Milagro Sala e instó a que el Estado argentino sustituya la prisión preventiva por el arresto domiciliario o alguna medida menos restrictiva de sus derechos, como una régimen de presentación en el juzgado, una tobillera electrónica o la retención de su pasaporte.

La cautelar de la Corte Interamericana de Derechos Humanos llegó tras una presentación de la Comisión Interamericana (CIDH), que consideró que las autoridades argentinas no cumplieron con la resolución en la que dispuso que se cumpla al menos el arresto domiciliario de Sala. Para la CIDH “el Estado incumplió estas medidas cautelares y agudizó la situación de riesgo para la señora Sala”.

La líder de la Tupac Amaru fue trasladada el 31 de agosto al domicilio de La Ciénaga, que no era su vivienda y no se encontraba en condiciones para ser habitada, pero fue el sitio dispuesto por los jueces como el lugar para su arresto domiciliario. Allí permaneció durante un mes y medio: el 29 de septiembre la Cámara de Apelaciones y Control de de Jujuy revocó las decisiones de primera instancia que ordenaron la domiciliaria y el 14 de octubre agentes de la policía jujeña volvieron a llevar a Sala al Penal de Alto Comedero.

Ahora la Corte Interamericana dispuso que se restituya ese beneficio. Lo hizo a través de una medida provisional que tiene “un carácter no sólo cautelar”, sino “fundamentalmente tutelar” porque protege derechos humanos y busca evitar daños irreparables a las personas. El artículo 63.2 de la Convención Americana de Derechos Humanos “obliga a los Estados a adoptar las medidas provisionales” que ordene el tribunal.

La Corte mencionó especialmente el maltrato y el hostigamiento que comprobó la Comisión Interamericana en su visita a Jujuy en junio de este año y además hizo hincapié en episodios de estrés severo sufridos por la diputada del Parlasur que derivaron en autolesiones graves. “De acuerdo a varios informes médicos y psicológicos, la señora Milagro Sala se encuentra atravesando una grave crisis psicológica, atada a los diversos procesos judiciales que se le siguen y a su internamiento en la penitenciaría, lo cual ha causado en dos ocasiones que la señora Sala se autolesione”, menciona la Corte IDH.

Ante la situación de grave riesgo a la integridad personal y a la salud de la dirigente, el tribunal ordena que las autoridades argentinas adopten “medidas para garantizar su vida, integridad personal y salud”. Por eso, en su parte resolutiva afirma que “el Estado debe sustituir la prisión preventiva de la señora Sala por la medida alternativa de arresto domiciliario, que deberá llevarse a cabo en su residencia o lugar donde habitualmente vive, o por cualquier otra medida alternativa a la prisión preventiva que sea menos restrictiva de sus derechos que el arresto domiciliario”.

Como ejemplo de esas medidas alternativas la Corte mencionó la posibilidad de una medida de presentación, una tobillera o la retención de su pasaporte, al tiempo que remarcó su posición y su jurisprudencia frente a las prisiones preventivas. Recordó que “debe prevalecer el principio de la libertad del procesado mientras se resuelve sobre su responsabilidad penal” y que por eso “la regla debe ser la libertad del procesado, no su internamiento”. En esa línea, advirtió que queda abierta la posibilidad de que el tribunal se analice “situaciones de extrema gravedad, urgencia e irreparabilidad respecto de otros derechos, (…) tales como la libertad personal”, sobre las que podría ordenar otra medida provisional.

El Estado argentino, que en su presentación ante la Corte Interamericana solicitó que se desestimara la solicitud de medidas provisionales, tendrá plazo hasta el 15 de diciembre para presentar “un informe completo y detallado” sobre los pasos que piensa seguir para cumplir con la resolución y cada tres meses deberá informar a la Corte sobre las medidas adoptadas.

El régimen macrifascista no se hace cargo y le tira la pelota a la Justicia jujeña

En la primera reacción gubernamental tras el pronunciamiento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el secretario de DDHH de la Nación, Claudio Avruj, reconoció que las resoluciones de la Corte IDH "son de cumplimiento", pero dijo que quien deberá acatarlas es la Justicia de Jujuy.

"Como sostuvimos desde un principio, las decisiones de la Corte son de cumplimiento. Estoy seguro de que la justicia jujeña actuara en consecuencia", expresó el impresentable funcionario en declaraciones a la agencia oficial de noticias Télam.

sábado, 4 de noviembre de 2017

La CIDH pidió la intervención de la Corte Interamericana por Milagro Sala: “El Estado argentino ha incumplido las cautelares”

LA COMISIÓN INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) SOLICITÓ AYER A LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CORTE IDH) QUE ADOPTE MEDIDAS PROVISIONALES RESPECTO DE LA ENCARCELADA DIRIGENTE SOCIAL MILAGRO SALA POR CONSIDERAR QUE EL EJECUTIVO INCUMPLIÓ LAS MEDIDAS CAUTELARES DICTADAS EN SU FAVOR.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) consideró "incumplidas" las medidas cautelares a favor de la dirigente de la Túpac Amaru, Milagro Sala, y advirtió que la justicia de Jujuy tomó decisiones que "agravan la situación de riesgo" de la diputada del Parlasur, en relación a la prisión domiciliaria que "reproducía las condiciones de la Penitenciaría" y a la posterior orden judicial para que Sala fuera trasladada nuevamente al penal.

A través de un comunicado, advirtió que "la situación actual de Milagro Sala cumple con los requisitos de extrema gravedad, urgencia y riesgo de daño irreparable, previstos en el artículo 63.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos para el otorgamiento de medidas provisionales". La CIDH entendió que "las más recientes acciones, analizadas en conjunto con otros factores de riesgo identificados en la Resolución 23/17, agravarían el riesgo para la vida e integridad personal de la señora Sala".

La dirigente jujeña se encuentra detenida en el penal de Alto Comedero, desde donde denunció hostigamiento y maltratos por parte del personal penitenciario. La CIDH recordó que Sala se encuentra detenida desde enero de 2016, y que desde entonces organizaciones de derechos humanos de la Argentina solicitaron a ese organismo interamericano la adopción de medidas cautelares para revertir la situación.

"El 27 de julio de 2017, tras haber recibido información de ambas partes (peticionantes y gobierno argentino) y haber efectuado una visita al centro de detención, la Comisión Interamericana otorgó medidas cautelares a favor de Milagro Sala a través de la Resolución 23/17", subrayó el organismo.

A juicio de la Comisión, "existían suficientes elementos para considerar que, entre otros aspectos, las condiciones de detención de Sala constituían una situación de hostigamiento y estigmatización que ponía en riesgo su vida e integridad, situación agravada por el estado de la salud mental de la beneficiaria"

En consecuencia, "la CIDH dispuso que el Estado argentino debía adoptar medidas para garantizar los derechos a la vida e integridad personal de la beneficiaria; concertar con ella las medidas a tomar y teniendo en cuenta la excepcionalidad de la detención preventiva, adoptar medidas alternativas, tales como el arresto domiciliario o que la beneficiaria Sala enfrentara el proceso (en diversas causas judiciales) en libertad".

La Comisión, que funciona como organismo autónomo en el ámbito de la OEA, recordó que "inicialmente las autoridades judiciales ordenaron la detención domiciliaria para Sala". Lo hicieron sin embargo "bajo un estricto régimen de seguridad que reproducía las condiciones de la Penitenciaría" en la casa de La Ciénaga, donde cumplía la prisión domiciliaria.

"Posteriormente, la Cámara de Apelaciones y Control de la provincia de Jujuy ordenó el retorno de la procesada" a la cárcel de Alto Comedero, en la capital provincial, donde pasó la mayor parte del tiempo que lleva en prisión desde enero de 2016.

Finalmente, mientras la apelación de esa resolución de la Cámara se hallaba en curso, "un juez ordenó el reingreso de Milagro Sala al penal porque ella se habría negado a ser trasladada a un centro médico donde se la practicarían exámenes clínicos"

"Además, la Comisión tuvo conocimiento de la grave situación psicológica que atraviesa la beneficiaria por la angustia que le generan las últimas decisiones tomadas por las autoridades del Estado, lo que la habría llevado a causarse una autolesión, en adición a la causada con anterioridad al otorgamiento de las medidas cautelares", señaló la CIDH.