domingo, 17 de mayo de 2015

Aumenta el ritmo de adhesión al plan de facilidades de pago lanzado por la AFIP que vence a finde mes

El ritmo de adhesión al Plan de Facilidades de Pagos para regularizar deudas impositiva, aduanera y de la seguridad social ante la AFIP comenzó a cobrar ritmo durante las últimas semanas, ante la cercanía del cierre del plazo de inscripción previsto para el último día del corriente mes de mayo.


Así lo hicieron saber fuentes oficiales que informaron que "siempre en las últimas semanas se incrementa el nivel de adhesión, porque por un lado, no queda mucho tiempo, además, ya tuvieron tiempo para hacer todas las averiguaciones con sus contadores".

El Plan de Facilidades de Pago dispuesto por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) contempla hasta 120 cuotas, una tasa de interés del 1,9% mensual y permite regularizar deudas existentes hasta el 28 de febrero pasado, según se dispuso a través de la Resolución General 3.769. Además, se legaliza mediante esta resolución que para ingresar al plan de pagos se deberá adherir al domicilio fiscal electrónico.

Según las fuentes, para la determinación de la cantidad de empleados registrados en la declaración jurada F. 931 de los meses de que se trate, ya sea para verificar las condiciones de adhesión al plan o las causales de caducidad, no serán consideradas las modalidades de contratación informadas en el citado formulario relacionadas con convenios de corresponsabilidad gremial ni las de trabajo eventual; a tiempo parcial determinado (contrato a plazo fijo); a tiempo completo determinado (contrato a plazo fijo); personal de la construcción Ley N° 22.250; changa solidaria C.C.T. N° 62/75; personal no permanente hoteles C.C.T. N° 362/03, Art. 68 inc. b); trabajo temporario Ley N° 26.727, y trabajo temporario con reducción Ley N° 26.727.

Por otra parte, no se considerará causal de caducidad, la disminución de la cantidad de empleados declarados respecto de los consignados en el período fiscal diciembre de 2014, siempre que la cantidad de empleados registrados en la declaración jurada F. 931 vencida en el mes inmediato anterior al momento en que se realice el proceso de verificación de caducidad no disminuya respecto de la cantidad declarada en el mismo período del año 2014.

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