ARGENTINOS TRAMITAN EL DOMICILIO FISCAL EN EL PAÍS VECINO PARA NO PAGAR GANANCIAS POR LAS RENTAS EXTRANJERAS.

"Ante situaciones como el programa de sinceramiento fiscal, un camino suele ser recurrente: hacer a un lado la residencia fiscal argentina, y buscar la residencia tributaria en otro país que brinde condiciones que el interesado pudiere considerar más atractivas o menos gravosas", dijeron Jonás Bergstein y Guillermo Duarte, del estudio montevideano Bergstein Abogados.
"Por eso en tiempos recientes se ha multiplicado la consulta profesional acerca de las posibilidades de acceder a la residencia tributaria uruguaya", agregaron.
La residencia inmigratoria y la residencia tributaria en Uruguay van por caminos separados. El ciudadano argentino que obtiene la residencia fiscal uruguaya, tiene la opción de verse exento de pagar Impuesto a las Ganancias (en ese país) sobre sus rentas de fuente extranjera; con lo cual dejaría de pagar impuestos a las Ganancias en Argentina sobre sus rendimientos de fuente extranjera, y tampoco pagaría esos impuestos en Uruguay, pues reconoce una franquicia de cinco años a quienes adquieran la residencia fiscal.
La residencia fiscal se obtiene cuando se verifica cualquiera de las siguientes dos circunstancias: que la persona permaneciese en Uruguay por más de 183 días; o que radique en territorio uruguayo "el núcleo principal o la base de sus actividades o de sus intereses económicos o vitales".
Este último caso refiere a bienes inmuebles por un valor superior a U$S 1.850.000 o una inversión en una empresa uruguaya por un valor superior a U$S 5.600.000, siempre que la empresa esté dedicada a actividades o proyectos que hayan sido declarados de interés nacional.
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