EL TRIBUNAL PORTEÑO AVALÓ LA TEORÍA DEL "PODER RESIDUAL" DE LOS EX FUNCIONARIOS Y CONFIRMÓ EL FALLO DEL JUEZ CLAUDIO BONADIO, QUIEN HABÍA RECHAZADO EL RECURSO DE LA DEFENSA DEL DIPUTADO DEL FPV, QUE HABÍA SOLICITADO QUE SE REVIERA LA PRISIÓN PREVENTIVA DEL EX MINISTRO DE PLANIFICACIÓN EN LA CAUSA SOBRE LA IMPORTACIÓN DE GAS LICUADO.

Los jueces Jorge Ballestero y Leopoldo Bruglia avalaron la decisión previa del clarinista Bonadio, quien había pedido el desafuero de De Vido en octubre y había ordenado su inmediata detención preventiva minutos después de que perdiera los fueros, en el marco de la causa que investiga presuntos sobreprecios en la compra de gas licuado entre 2008 y 2015. En consonancia con el juez federal, los camaristas avalaron "la presunción" de Bonadio, quien argumentó que el imputado podría intentar eludir el accionar de la justicia o entorpecer la investigación en función del "poder residual" del que todavía usufructaría el ex funcionario.
Los camaristas consideraron que tanto el ex ministro como Roberto Baratta, su segundo, fueron procesados por diagramar y sostener en el tiempo una "maniobra mediante la cual se perjudicó las arcas del Estado, con la intervención de otros funcionarios que dependían de ellos como de empresas privadas que deben ser investigadas en profundidad".
En su presentación, los abogados del diputado habían planteado que su encarcelamiento había sido dispuesto “de manera ilegítima y en contra de todo ordenamiento nacional e internacional en materia de derechos humanos”.
La defensa de De Vido, ejercida por los abogados Maximiliano Rusconi y Fabián Améndola, recordó que el ex funcionario se presentó "mensualmente" ante el juzgado para "colaborar con la investigación".
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