El ministro de Justicia bonaerense, Ricardo Casal, opinó que con ese número el máximo tribunal "funcionaba muy bien" y consideró que cinco "es un número muy acotado". Además, criticó al radicalismo por querer "condicionar" al Gobierno al proponer que el nuevo juez sea nombrado por el próximo gobierno.
El ministro de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, Ricardo Casal, opinó ayer que la Corte Suprema debería estar integrada por siete miembros y no por cinco, como establece actualmente la ley, ya que consideró que con ese número "funcionaba muy bien" y el actual le resulta "muy acotado".
"Me parece que la Corte de siete miembros funcionaba muy bien, por ahí 5 es un número muy acotado", sostuvo Casal en declaraciones radiales y evitó opinar sobre el eventual reemplazo de Raúl Zaffaroni, que ya formalizó su renuncia y se irá a fin de año.
"No hay candidatos aún. León Arslanian puede ser un candidato, pero hay que esperar la decisión de la Presidenta", agregó y consideró que la propuesta de Elena Highton de Nolasco de que sea una mujer "es importante".
El ministro criticó, además, las declaraciones de algunos dirigentes radicales, que consideran que el reeemplazante de Zaffaroni debe ser nombrado por el próximo gobierno y no por el actual. "No tengo dudas de que es un elemento más de campaña. Esto forma parte del folklore de la política electoral, el radicalismo está buscando un lugar donde ubicarse porque está en crisis con FAUNEN", disparó Casal y añadió que "esto le enriquece la agenda del radicalismo. Ese anuncio es para condicionar la voluntad del Gobierno a la hora de elegir un candidato, pero no va más allá de eso. Si se propone un candidato que trae consenso el radicalismo sacará este tema de agenda y pondrá otro".
Sobre el debate en torno al Código Procesal Penal, señaló que "todos los inicios de todas las transformaciones por ahí tienen sus tropiezos" y puso como ejemplo la situación en su distrito: "cuando se empezó a aplicar en la Provincia, tuvimos muchas críticas y nada de lo que decían que iba a pasar sucedió. En la Provincia, el Código lleva 16 años y funciona”.
En cuanto a la expulsión de extranjeros que sean descubiertos in fraganti cometiendo un delito, afirmó que "la Ley de Migraciones tiene dos artículos: cumplida la mitad de la condena tiene posibilidad de expulsión, pero el artículo anterior dice que ante el caso de delitos reiterantes, sin sentencia, no reincidentes, puede expulsarse La ley de migraciones lo tiene previsto claramente, el código procesal penal tiene que ajustarse a esa ley".
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