Alejandro Gravier y sus padres fueron procesados por la Sala 4 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional, en una causa en la que están acusados de haber falsificado un contrato de locación para evadir impuestos.
La Cámara resolvió "disponer el procesamiento de Horacio Alfredo Gravier, Alejandro Jorge Gravier y María Cristina Cirio por considerarlos partícipes necesarios del delito de uso de documento público falso", según el dictamen de los jueces Mariano González Palazzo, Carlos Alberto González y Alberto Seijas.
El documento es un contrato de locación que se habría usado en una operación para evadir impuestos, y cuenta con la firma de un escribano público presuntamente falsa. Por el caso ya está procesada una contadora, Ana María Jost, quien presentó ante la AFIP los documentos cuestionados.
La maniobra ilegal se habría cometido a través de las empresas Vamagra S.A. y La Soñada S.A., de la que son únicos accionistas la modelo y su marido.
Jost había afirmado que trabajaba "en forma independiente" para las firmas mencionadas, teniendo a su cargo la elaboración de sus registros contables, la auditoría de la documentación de respaldo, la emisión de dictámenes en el balance anual, y el asesoramiento en materia de valor agregado e impuestos a las ganancias. En cuanto al origen de los documentos en cuestión, únicamente dijo que le habían sido entregados por las empresas requeridas.
Lo que inicialmente no contó Jost, lo aportó la testigo Estela María Del Valle Lancry, a partir de cuyo testimonio se pudo conocer también que la contabilidad de Vamagra S.A. estaba a cargo del estudio Emilio Gravier, donde se desempeñaban todos los involucrados por igual, efectuándose entre sí el reparto de tareas, de acuerdo a la naturaleza del tema, esto es, sueldos, IVA u otros impuestos.
El juzgado ponderó que las sociedades Vamagra S.A. y La Soñada S.A. estaban exclusivamente integradas por los accionistas Valeria Mazza y Alejandro Gravier, tenedores del 100 por ciento de su paquete accionario, amén de que ambas firmas especificaron en el contrato de alquiler al que se adosaron las actuaciones notariales falsas, que comparten su domicilio legal, coincidente también con el del estudio contable antes especificado.
"Tales sociedades, al igual que Valeria Raquel Mazza, estaban siendo investigadas por presunta evasión de tributos, y en ese marco fue que tuvo lugar la presentación de Jost que, como se dijo, integraba el estudio contable", dice el procesamiento.
El fallo ordena al juez de primera instancia Roberto Ponce "expedirse acerca de las restantes medidas cautelares", es decir si dictará o no la prisión preventiva para los procesados y el monto de embargo de sus bienes.
Los jueces coincidieron que "lejos están Horacio Gravier, Alejandro Gravier y María Cristina Cirio de resultar ajenos al hecho materia de pesquisa, pues con la provisoriedad propia de esta etapa del proceso es posible sostener que el desarrollo de la conducta material, en definitiva concretada por Ana María Clotilde Jost, fue posible únicamente merced a su necesaria colaboración, suscribiendo el contrato que, junto con las actuaciones notariales falsas, sería entregado por esta última para eludir sus responsabilidades impositivas".
En el dictamen fiscal del fuero penal tributario, se destacó que dicho convenio no había sido incluido en las registraciones contables de Vamagra S.A., con lo cual se infiere su simulación, de manera que la confección de los instrumentos en los que se falsificaron las rúbricas del escribano Eduardo Clariá, no podía tener otro objetivo que otorgarle una fecha cierta antedatada y, consecuentemente, apariencia de veracidad a un documento ideológicamente falso.
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