miércoles, 14 de diciembre de 2016

Polémica por veto de Macri al nuevo régimen jubilatorio para excombatientes de Malvinas

EL PODER EJECUTIVO OFICIALIZÓ AYER LA CREACIÓN DEL RÉGIMEN PREVISIONAL DE CARÁCTER EXCEPCIONAL PARA EXCOMBATIENTES DE MALVINAS CON LA PUBLICACIÓN DE LA LEY 27.329 EN EL BOLETÍN OFICIAL, PERO MEDIANTE UN DECRETO EXCLUYÓ EL PISO DE DOS JUBILACIONES MÍNIMAS QUE HABÍA ESTABLECIDO LA INICIATIVA SANCIONADA EN NOVIEMBRE PASADO POR EL CONGRESO NACIONAL, LO CUAL DISPARÓ EL REPUDIO DE QUIENES PARTICIPARON DEL CONFLICTO MILITAR EN EL ATLÁNTICO SUR.

El régimen abarca a los soldados que participaron de las acciones bélicas desarrolladas entre el 2 de abril y el 14 de junio de 1982 en el Teatro de Operaciones Malvinas (TOM) y a quienes entraron en efectivas acciones de combate en el área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (TOAS), además de los civiles que se encontraban cumpliendo funciones de servicio o de apoyo.

La norma, primero tratada en Diputados y luego aprobada por unanimidad en el Senado el pasado 16 de noviembre, establece además que tendrán derecho "a la prestación básica universal, la prestación compensatoria y la prestación adicional por permanencia" los exsoldados que acrediten su condición así como el haber cumplido 53 años de edad al momento de solicitar el beneficio. Para eso, deberán acreditar 10 años de aportes previsionales en el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA). 

Sin embargo, mediante el Decreto 1250/2016, también publicado ayer en el Boletín Oficial, el régimen macrifascista vetó parcialmente la ley, al observar el Artículo 3 que establecía que "en ningún caso, el haber resultante podrá ser menor que el equivalente a dos jubilaciones mínimas del SIPA".

Según se establece en el texto de la norma firmada por Mugrizio Macri, "la medida que se propone no altera el espíritu ni la unidad" de la ley aprobada en el Congreso, y señaló que de promulgarse tal como se votó "se estaría desnaturalizando el sistema previsional".

Fuentes oficiales estimaron que el costo fiscal de la medida alcanzará unos $ 300 millones anualespara un universo de aproximadamente unos 4.000 veteranos.

Sin embargo, la decisión del régimen macrifascista ya despertó las críticas de algunos grupos de ex combatientes que dieron una batalla en el Congreso para asegurar la sanción de la norma y ahora ven frustrado en parte su trabajo.

"El veto parcial es una vergüenza", expresó Ernesto Alonso, secretario de Relaciones Institucionales del Centro de Ex Combatientes de las Islas Malvinas de La Plata (CECIM). "La ley es un reconocimiento para los excombatientes más postergados, que además no hace mella en el sistema previsional", agregó.

"Lamentablemente este veto parcial afecta uno de los criterios principales que tenía este régimen de jubilación anticipada, que era dar un reconocimiento específico a aquellos compañeros que tienen pocos aportes, a aquellos que fueron olvidados después de la Guerra de Malvinas, a los que fueron discriminados a la hora de conseguir trabajo y a los que no les hicieron los aportes", remarcó Alonso.

Asimismo, sostuvo que el beneficio de las dos jubilaciones mínimas ($ 11.322) apuntaba a los excombatientes que vivían en las provincias y fueron explotados en trabajos rurales. "Se trata de 1.500 o 2.000 casos", explicó el ex soldado. 

"La discriminación que hubo para que le den un trabajo a un excombatiente en la década del ´80 y del '90 fue terrible", enfatizó Alonso, al tiempo que agregó que "esto es un desconocimiento y un grado de insensibilidad profundo. Estamos hablando de una gota en el desierto en relación con los recursos que tiene la ANSeS".

"Si tienen que sacar retenciones al campo o a las mineras hay millones de dólares, pero $ 300 millones anuales para jubilar a excombatientes no hay", concluyó. 

Desde el CECIM y otras organizaciones de excombatientes anunciaron que buscarán persuadir a los legisladores para que vuelvan a incorporar el beneficio y no descartaron presentarse ante la Justicia para solicitar una medida cautelar que frene el decreto presidencial.

Cabe destacar que la ley estipula que el haber de la prestación será determinado por la ANSeS "conforme las prescripciones establecidas en las leyes 26.417 y 24.241" y que el incremento del haber operará "automáticamente con el ajuste de acuerdo a la movilidad del SIPA".

Asimismo, la adhesión al régimen resulta incompatible con el desarrollo de actividades en relación de dependencia y con la percepción de otra prestación jubilatoria de cualquier régimen, según indica la norma, aunque sí es compatible con la pensión vitalicia que el Estado otorga a los veteranos de la guerra en el Atlántico Sur.

En materia de obra social, los beneficios se regirán por las normas generales aplicables en materia de libre elección de obra social para jubilados y pensionados, y la autoridad de aplicación del régimen será el organismo previsional.

Fuente: nota de Daniel Blanco Gómez para Ámbito.com

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