La querella solicitó al juez de la causa que detenga al maquinista, luego que una pericia dio como resultado que los frenos funcionaban, al entender que pudo actuar con dolo. “Es importante que la Justicia determine qué pasó en Once y Castelar", afirmó Randazzo.
Daniel López, motorman del tren "Chapa 01"
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El planteo fue hecho por el abogado Gregorio Dalbón al juez federal de Morón Jorge Rodríguez, mientras que fuentes de la fiscalía a cargo de Sebastián Basso confirmaron que el maquinista será el único imputado en la causa, en un planteo que se hará al magistrado en las próximas horas.
Por su parte el abogado querellante entendió que el conductor Daniel López pudo actuar "indebidamente" en respuesta a "intereses superiores como el propio sindicato" el 13 de junio pasado cuando el tren Chapa 01 que manejaba chocó a otro frenado sobre la vía en Castelar.
Para la querella el delito en que debe encuadrarse la acusación es "estrago doloso", que de acuerdo al Código Penal prevé penas de prisión efectiva.
"El pedido aquí formulado encuentra fundamento en que el delito que la pericia practicada en autos permite tener por perpetrado, siendo este el de estrago doloso, se encuentra reprimido por pena privativa de libertad que no admite condena de ejecución condicional, por lo que la detención del imputado deviene impostergable para asegurar los fines del proceso e impedir que el mismo eluda la acción de la justicia o entorpezca la investigación", se afirmó en el escrito.
El motorman "no implementó ninguna maniobra en tal sentido, provocando, deliberadamente, la producción del siniestro", asevera la querella.
"Se advierten como contundentes los elementos tipificantes que conducen a recrear una intencionalidad en la comisión del hecho investigado de la que se derivó la producción de centenares de víctimas, imponiendo ello que sea dispuesta, sin mayor demora, la detención de su autor para recibirle declaración indagatoria respecto de tales circunstancias, conforme lo aquí solicitado", agregó en referencia a los muertos y heridos.
Además se pidió al magistrado determinar si "la finalidad del evento haya sido cumplir con un objetivo mayor, beneficiando indebidamente a intereses superiores, como ser, al propio sindicato al que el mismo pertenecía".
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