El PRO intentó que la policía de la Ciudad las utilizara, desconociendo su peligrosidad. La Sala II de la Cámara en lo Contencioso confirmó la decisión de primera instancia, a pesar de la apelación del gobierno porteño.
La Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario ratificó un fallo de primera instancia que había prohibido el uso de las pistolas Taser X 26 por parte de la Policía Metropolinazi, luego de una presentación del Observatorio de Derechos Humanos de la Ciudad (ODH) y que el gobierno porteño había apelado.
Para el ODH, "la decisión de la Cámara es una medida judicial histórica, por la que el Poder Judicial le pone un coto a la arbitrariedad del jefe de gobierno (Mugrizio Macri), quien intentó llevar a cabo la fundación de una fuerza de seguridad al servicio de la represión y la tortura, a contramano de la historia reciente de nuestro país y de lo receptado por la Ley de Seguridad Pública y la Constitución de la Ciudad".
Para los camaristas, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no debe soslayar, so pretexto del uso de las Taser por parte de ciertos países, los expresos mandatos constitucionales y las recomendaciones efectuadas por los Naciones Unidas y Amnistía Internacional, en cuanto considerar que dichas armas "constituyen una forma de tortura que puede causar, en ciertos casos, la muerte de las personas. Razonablemente, cabe inferir que en un estado democrático, aun la mera sospecha de que el empleo de un arma, por parte de las fuerzas de seguridad, pueda derivar en una acción cruel, inhumana y degradante para la condición humana, impone extremar los medios de prueba tendientes a desvirtuarlo".
El fallo inscribe la decisión en el contexto histórico del país y advierte que "el presente caso, finalmente, debe ser visto a la luz de la compleja historia argentina, uno de cuyos trágicos aspectos ha sido la utilización ilegítima (y extrema) de la violencia por parte del Estado. Dicha circunstancia termina por disipar cualquier duda que pudiera surgir sobre el uso de las armas bajo examen, receptando la visión más restrictiva que surge de los documentos internacionales antes reseñados, que es la más apropiada desde la óptica de los Derechos Humanos, tal como lo vivenciamos los argentinos como aspecto esencial de nuestra cultura constitucional democrática".
Esta resolución avala la dictada por la jueza Andrea Danas, quien había aceptado un amparo y ya recordaba que el Comité Contra la Tortura de la ONU y otros organismos internacionales desaprobaron el uso de esas armas, utilizada en más de 40 países, y afirmaba que esta clase de armamento puede lesionar derechos como la vida, la integridad física y la salud de las personas.
El diputado porteño Rafael Gentili, quien en 2010 denunció la compra de las Taser, adelantó que "seguiremos trabajando para enderezar un proyecto fallido y darles a los porteños una policía moderna pero respetuosa de los Derechos Humanos". En aquel entonces, el propio jefe de la Metropolinazi, Eugenio Burzaco, había admitido que Naciones Unidas consideraba las Taser un elemento de tortura.
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