EL ENTE BONAERENSE DE ENERGÍA ORDENÓ A LAS DISTRIBUIDORAS Y COOPERATIVAS ACATAR EL FALLO DEL JUEZ ARIAS Y REFACTURAR CON EL CUADRO TARIFARIO ANTERIOR.
El Organismo de Control de Energía Eléctrica de la provincia de Buenos Aires (OCEBA) ordenó a las empresas del Gran La Plata y las restantes del interior que refacturen el consumo del mes pasado con el cuadro tarifario anterior y no con el último incremento.
La medida del OCEBA fue resuelta luego de que la Justicia Contenciosa Administrativa platense suspendiera el mes pasado el aumento promedio del 140 por ciento para el servicio que brindan las empresas EDELAP, EDES, EDEA, EDEN y las cooperativas.
Según la resolución del OCEBA, en el plazo de tres días de la notificación las empresas mencionadas deberán "ajustar su facturación a los valores vigentes", retrotrayendo la suba y cobrando a los usuarios la tarifa anterior al aumento. Asimismo la medida del organismo establece que en caso de incumplimiento se multará a las empresas con "30 mil pesos diarios, en beneficio de los usuarios, y sin perjuicio de las denuncias penales que correspondan para el caso de desobediencia de la orden judicial".
Finalmente, suspende "el vencimiento de la facturación ya emitida a los usuarios por las distribuidoras del servicio de energía eléctrica, hasta tanto se emita la nueva facturación conforme a lo dispuesto en el punto anterior, sin que ello implique la interrupción del servicio o la alteración de la prestación".
El fallo que frenó el tarifazo fue dispuesto el 31 de mayo por el titular del Juzgado Contencioso Administrativo 1 de esta capital, Luis Arias, quien hizo lugar a una medida cautelar presentada por la asociación civil "Colectivo de Acción en la Subalternidad (CIAJ)". En el recurso los demandantes solicitaron la suspensión de la resolución Nº22/16 del Ministerio de Infraestructura provincial que habilitó incrementos para el servicio que brindan las empresas EDELAP (La Plata y región), EDES (sur bonaerense), EDEA (costa atlántica) y EDEN (norte de la provincia).
En su fallo, Arias consideró que "se advierte una lesión a los derechos de los usuarios", ya que "previo a la entrada en vigencia de un nuevo régimen tarifario para un servicio público esencial y monopólico como el de autos, se requiere insoslayablemente la realización de una audiencia pública".
El fallo de Arias fue apelado la semana pasada por la Fiscalía de Estado, pero la suspensión de la aplicación del aumento promedio del 140 por ciento de la tarifa de la luz para el Gran La Plata y los municipios del interior continuará vigente hasta que la resolución cuente con sentencia firme.
No hay comentarios:
Publicar un comentario