DOS ABOGADOS VINCULADOS CON LA DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS Y SOCIALES, CON EL APOYO DE LA EX JUEZA FEDERAL LUCILA LARRANDART, DENUNCIARON EL DELITO DE "ABUSO DE AUTORIDAD" POR LA DESIGNACIÓN POR DECRETO SIMPLE DE LOS JURISTAS CARLOS ROSENKRANTZ Y HORACIO ROSATTI "EN COMISIÓN" EN LA CORTE SUPREMA.
Los denunciantes, Pablo Llonto y Eduardo Tavani, con el patrocinio letrado de la ex jueza del Tribunal Oral Federal de San Martín Lucila Larrandart, formularon la denuncia por el delito de "abuso de autoridad" al establecer mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia, a dos juristas como ministros de la Corte Suprema.
La denuncia, presentada el último jueves y que recayó ante el juzgado federal a cargo del magistrado Daniel Rafecas, con intervención del fiscal Gerardo Pollicita, destaca que se estaría cometiendo el delito de "usurpación de autoridad", si ambos los letrados asumieran los cargos por decreto.
El artículo 248 del Código Penal establece penas de un mes a dos años e inhabilitación por doble tiempo para "el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes"; el 246 fija prisión de un mes a un año e inhabilitación para quien "asumiere o ejerciere funciones públicas, sin título o nombramiento expedido por autoridad competente".
Según la denuncia, se trata de "un procedimiento ilegal y manifiestamente violatorio de la Ley Suprema", ya que este tipo de nombramientos está regulado en el inciso cuarto del artículo 99 de la Constitución, que establece que el presidente de la Nación "nombra los magistrados de la Corte Suprema con acuerdo del Senado por dos tercios de sus miembros presentes, en sesión pública, convocada al efecto".
Rosenkrantz y Rosatti fueron designados por el inciso 19 de ese artículo de la Constitución, que asigna al jefe del Estado la facultad de "llenar las vacantes de los empleos que requieran el acuerdo del Senado, y que ocurran durante su receso, por medio de nombramientos en comisión que expirarán al fin de la próxima Legislatura".
La decisión de designar por decreto no a uno, sino a dos jueces en comisión "significaría una palmaria injerencia en el desempeño independiente de los jueces de la Corte así designados, y consecuentemente el desempeño de las funciones como magistrados podría llevarse adelante con temor o dependencia".
"El sistema institucional prevé dos modos de hacerlo dentro del marco de la legalidad: llamado a sesiones extraordinarias y cubrir el cargo con la designación de conjueces", puntualiza la denuncia de Llonto y Tavani.
El gobierno fascista encabezado por Mugrizio Macri desdeñó las dos alternativas, según explicaron los expertos, al señalar que "en un Estado de Derecho, el hecho de no contar con mayorías necesarias en alguna de las Cámaras Legislativas no habilita a la arbitrariedad manifiesta de la designación, a la utilización de un decreto para dichos nombramientos, y menos aún del dictado de una resolución contraria a la Constitución Nacional".
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