El juez federal Ariel Lijo consideró que "no existió por parte del secretario general de la Presidencia de la Nación, Oscar Parrilli, un incumplimiento de sus deberes", desestimando de esta manera una denuncia por la contratación de un avión Global Express 700 para el viaje que realizó la Presidenta en su gira por Cuba y el continente asiático en enero de este año.
En sufallo, Lijo aseguró que "las autoridades de la Presidencia de la Nación y de la Casa Militar no tenían alternativa de obrar de un modo diferente, y llevar a cabo un proceso diferente al de contratación directa".
A su vez, Lijo consideró que "se acreditó la ausencia de irregularidades en su tramitación y el correcto desempeño del organismo público".
Lijo se pronunció de esta manera sobre la denuncia realizada por Juan Ricardo Mussa, quien señaló que la contratación de este avión a la empresa "Chapman Freeborn" para la realización de la gira presidencial de principios de este año, se había realizado "mediante contratación directa y sin licitación pública previa, lo que violaría la normativa correspondiente".
En ese marco, el juez federal también manifestó que "más allá de que en las presentes actuaciones no se encuentre fehacientemente acreditado el hecho de que la empresa 'Chapman Freeborn' realice actividades de explotación de hidrocarburos o algo relacionado con ello en la Plataforma Continental Argentina, lo cierto es que el contrato aquí cuestionado se trató de una contratación de un avión para la gira de la presidenta de la nación".
Con respecto a la contratación directa recordó que "cuando probadas razones de urgencia o emergencia que respondan a circunstancias objetivas impidan la realización de otro procedimiento de selección en tiempo oportuno, lo cual deberá ser debidamente acreditado en las respetivas actuaciones".
A su vez, Lijo consideró que "se acreditó la ausencia de irregularidades en su tramitación y el correcto desempeño del organismo público".
Lijo se pronunció de esta manera sobre la denuncia realizada por Juan Ricardo Mussa, quien señaló que la contratación de este avión a la empresa "Chapman Freeborn" para la realización de la gira presidencial de principios de este año, se había realizado "mediante contratación directa y sin licitación pública previa, lo que violaría la normativa correspondiente".
En ese marco, el juez federal también manifestó que "más allá de que en las presentes actuaciones no se encuentre fehacientemente acreditado el hecho de que la empresa 'Chapman Freeborn' realice actividades de explotación de hidrocarburos o algo relacionado con ello en la Plataforma Continental Argentina, lo cierto es que el contrato aquí cuestionado se trató de una contratación de un avión para la gira de la presidenta de la nación".
Con respecto a la contratación directa recordó que "cuando probadas razones de urgencia o emergencia que respondan a circunstancias objetivas impidan la realización de otro procedimiento de selección en tiempo oportuno, lo cual deberá ser debidamente acreditado en las respetivas actuaciones".
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