La Justicia volvió a desestimar el pedido del periodista de declarar inconstitucional las normativas oficiales que regulan la compra de divisas.
La Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal desestimó hoy un amparo presentado por el periodista Jorge Lanada contra la AFIP, en el que pidió que se declare inconstitucional a las normativas relacionadas con el Programa de Consultas de Operaciones Cambiarias (Resoluciones generales 3210; 3212 y 3333 de AFIP) que regulan la compraventa de divisas.
La Cámara confirmó de esta forma el fallo de primera instancia que había dispuesto el 16 de septiembre pasado la jueza Rita María Ailán, quien rechazó la acción de amparo del periodista, y que fue apelado por Lanada, informaron fuentes judiciales.
El tribunal de segunda instancia, además de desestimar la apelación presentada por el periodista, determinó que las costas queden a cargo de Lanata.
El 3 de junio último, el conductor del ciclo "Periodismo para Tontos" que se emite por Canal 13, había hecho referencia a esta presentación durante el trascurso del programa.
No hay comentarios:
Publicar un comentario