jueves, 15 de septiembre de 2016

¿Y ahora quién repara el daño?: la Cámara sobreseyó a Echegaray en la causa por la que había sido desplazado de la AGN

LA CÁMARA FEDERAL PORTEÑA REVOCÓ EL PROCESAMIENTO Y SOBRESEYÓ AL EX TITULAR DE LA AFIP DURANTE EL KIRCHNERISMO, RICARDO ECHEGARAY, EN UNA CAUSA POR INSTIGACIÓN AL FALSO TESTIMONIO Y VIOLACIÓN DE SECRETO, A RAÍZ DE UNA DENUNCIA PRESENTADA POR EL ORGANISMO RECAUDADOR CONTRA EL ACTUAL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS, ALFONSO PRAT EL GAY.

La Sala I del Tribunal de Apelaciones revocó el procesamiento del ex titular de la AFIP en una causa por instigación al falso testimonio y violación de secreto iniciada por el actual ministro de Hacienda, Alfonso Prat el Gay, a raíz de una denuncia presentada en su contra que se le había hecho durante el gobierno anterior.

La decisión fue adoptada por los camaristas de Jorge Ballestero y Eduardo Freiler, quienes revocaron el procesamiento dictado por el juez federal Claudio Bonadío contra Ricardo Echegaray, Pedro Roveda y Horacio Curien, según la resolución a la que accedió Télam.

Echegaray había sido procesado el 1º de junio último, acusado de instigación al falso testimonio agravado y violación de secreto por una denuncia presentada cuando presidía la AFIP que vinculó a Prat el Gay en una maniobra de supuesta evasión, por figurar como apoderado de una cuenta en Suiza de la empresaria Amalia Lacroze de Fortabat.

En 2014, el Prat el Gay denunció a Echegaray por sus dichos a la prensa sobre esa denuncia, que tramitó en el fuero penal económico y en la que resultó sobreseído. Bonadio indagó y dictó el primer procesamiento contra Echegaray, cuando éste estaba al frente de la Auditoría General de la Nación; cargo del que fue suspendido a raíz de este fallo y al que luego renunció.

El Tribunal de Apelaciones revocó ese fallo y sostuvo que "el hecho de que la denuncia en cuestión culminara con el dictado del sobreseimiento del denunciado en modo alguno permite colegir, sin más, que los denunciantes han cometido el delito de falso testimonio, menos aún en un caso como el que aquí nos ocupa, que involucra una importante cantidad de hechos y actores y que concierne al despliegue de maniobras de gran complejidad"

En cuanto al delito de violación de secreto, los camaristas entendieron que no se advierte "ningún delito penal" por haber utilizado "la información enviada a la AFIP para la radicación de una denuncia que, no está de más destacar, aún se encuentra en trámite registrando la convocatoria a una gran cantidad de personas" a declaración indagatoria.

Para el Tribunal de Apelaciones usar "información remitida por Francia para elaborar la denuncia presentada en el fuero penal económico" estaba contemplado dentro de las excepciones a la obligación de guardar secreto, por lo cual no hubo delito.

En cuanto a dichos a la prensa por parte de Echegaray, los camaristas descartaron la existencia de violación de secreto en esas declaraciones. "La conducta reprochada ha sido concretamente la radicación y posterior ratificación de una denuncia penal a raíz de la cual se formó un sumario que aún se encuentra en trámite ante el fuero en lo penal económico y que involucra la investigación de 4040 cuentas bancarias en la sucursal de Suiza del banco HSBC", sostuvieron los camaristas y añadieron que al presentarse la denuncia se aportó "la información con que contaba la AFIP hasta ese momento".

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