El Poder Ejecutivo reglamentó, a través de una norma publicada ayer en el Boletín Oficial, la distribución de espacios para el desarrollo de la campaña electoral de cara a las PASO del próximo 11 de agosto, y a las legislativas del 27 de octubre.
Así lo hizo a través del decreto 760/2013, que se funda en lo establecido por las leyes nacionales en materia de asignación y distribución de espacios para campaña electoral en los servicios de comunicación audiovisual entre las agrupaciones políticas que participen de las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias y las elecciones nacionales.
La norma, publicada en la edición de ayer del Boletín Oficial, lleva las firmas de la presidenta Cristina Fernández de Kirchner; del jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina; y del ministro de Interior y Transporte, Florencio Randazzo.
Allí se determina que "los mensajes de campaña electoral se emitirán en los horarios que van entre las 7 horas y la 1 hora del día siguiente" y que la AFSCA suministrará a la Dirección Nacional Electoral "el listado preliminar de servicios de comunicación audiovisual a afectar al presente régimen".
En tanto, en el artículo cuarto, el decreto precisa que la Dirección Nacional Electoral publicará en el Boletín Oficial "la dirección electrónica del sitio web donde se podrá consultar el listado preliminar suministrado por la AFSCA", con el fin de que puedan formular eventuales observaciones en un plazo de 10 días.
Según determina la norma, los servicios de comunicación audiovisual incorporados a ese listado deberán ceder gratuitamente doce horas de programación para la difusión de mensajes de campaña electoral durante los períodos de campaña de cara a las PASO y las elecciones legislativas nacionales.
"En el caso de aquellos servicios de comunicación audiovisual cuya programación sea inferior a doce horas, la cesión se reducirá de modo de no superar el 10 por ciento del horario efectivo de emisión", agrega el artículo quinto.
Por otro lado, establece que en el área metropolitana, el horario central para los servicios televisivos entre las 20 y las 24, mientras que en el resto del país será entre las 12 y las 14, y, para la radio, entre las 6 y las 10 de cada jornada.
En tanto, el artículo décimo precisa que el tiempo cedido a las distintas agrupaciones políticas se distribuirá un 40 por ciento para la campaña de senadores, otro 40 por ciento para la de diputados nacionales, y un 20 por ciento para la de integrantes del Consejo de la Magistratura.
"En aquellos distritos en que no se elijan senadores, el 80 por ciento será atribuido a la campaña de diputados nacionales", agrega la norma.
A la vez, establece que, en el caso de los distritos en los que se celebren elecciones provinciales en forma simultánea a las nacionales, el 30 por ciento del espacio a ceder será destinado a la campaña para senadores, otro 30 para diputados, un 10 por ciento para consejeros, y el restante 30 por ciento para legisladores provinciales.
"En el caso de las señales nacionales se distribuirá el 10 por ciento de la totalidad del tiempo cedido para la categoría consejeros de la Magistratura y el 90 por ciento restante se dividirá entre todos los distritos en proporción al padrón electoral, asignando el tiempo resultante para cada distrito para las categorías diputados nacionales y, eventualmente, senadores nacionales en forma igualitaria", precisa el artículo 12.
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