LA EMPRESA TRISA, QUE TIENE COMO ACCIONISTA AL GRUPO CONDUCIDO POR HÉCTOR MEGNETTO, SOLICITÓ A LA JUSTICIA FEDERAL LA DECLARACIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY QUE GARANTIZA LAS TRANSMISIONES DE TELEVISIÓN GRATUITAS DE LOS PARTIDOS DEL SELECCIONADO ARGENTINO DE FÚTBOL.
Trisa, dueña de los derechos de televisación del fútbol del ascenso, presentó en el Tribunal Federal de Mercedes un pedido de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 25.342, justamente la norma que obliga a que los partidos de la Selección sean emitidos “a través de una emisora de televisión abierta por localidad”. Sin ese artículo, la ley, sancionada en 2000, es letra muerta.
Además la empresa reclama la inconstitucionalidad de los artículos 77 a 80 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual que obligan al Estado a realizar audiencias públicas para determinar, cada año, una serie de eventos de “interés relevante” y, por lo tanto, también de emisión gratuita. Trisa S.A., en el amparo, juzgó que cualquier restricción al goce de los derechos de televisación que compró -seis años después de la sanción de la ley 26.522- viola “su derecho de propiedad y su derecho a ejercer el comercio”.
Es la brutal reacción de la empresa ante un amparo presentado por “Pares TV”, un canal sin fines de lucro de Luján, que emite desde 2011 todos los partidos de Flandria, ahora en el torneo de la B Nacional, a raíz de que la ley 26.522 y su reglamentación determinan que esos partidos pueden ser emitidos en forma abierta, exclusivamente en su localidad (no a nivel nacional). Sin embargo, Trisa no le reconoce este derecho y ha intimado al canal a cesar sus emisiones televisivas.
"En 2015 ganamos por concurso una licencia con una propuesta de comunicación basada en las transmisiones de fútbol de Luján y Flandria, que son los dos clubes del distrito. Nos equipamos técnicamente para transmitir de la manera más profesional. Es un disparate que una empresa nos prohíba trabajar, adjudicándose derechos exclusivos, cuando sólo transmitieron 6 partidos de 45 totales que jugó Flandria en la temporada pasada”, dijo Diego Gusmerini, director del canal que funciona desde 2009 y se puede ver en el 32.1 de la TDA.
“Trisa sostiene una posición simple y burda: la ley no se les debe aplicar. Dicen: ‘Nosotros invertimos, no habría fútbol sin nuestro aporte, nadie tiene derecho a disminuir, ni en un ápice, nuestra renta económica. No hay derechos, ni razones de interés público, ni libre expresión, ni libre competencia. Estamos más allá de la ley”, agregó Mariano Suárez, abogado del canal.
El Artículo 77 de la Ley 26.522 garantiza el derecho al acceso universal a través de los servicios de comunicación audiovisual a los contenidos informativos de interés relevante. A tal efecto, prevé que el Poder Ejecutivo está obligado a “evitar que el ejercicio de los derechos exclusivos para la retransmisión o emisión televisiva de determinados acontecimientos de interés general de cualquier naturaleza, perjudique el derecho de los ciudadanos a seguir dichos acontecimientos en directo y de manera gratuita, en todo el territorio nacional”. El Ministerio de Modernización incumplió con esa tarea y no ha convocado a audiencias públicas para determinar los “eventos de interés relevante” de 2017 ni de 2018.
La AFA cedió los derechos del fútbol de primera división a las empresas Turner y Fox. El torneo de la B Nacional está en manos de Torneos y Competencias. La ley impide que los derechos sean cedidos en bloque, sin excepciones.
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