El gobierno nacional recusó a la Cámara Civil y Comercial Federal y pidió que la causa por la recuperación del predio ferial de Palermo por parte del Estado, pase al fuero Contencioso Administrativo Federal.
La presentación del gobierno nacional se produjo luego que la semana pasada, la sala de feria de la Cámara aceptara una medida cautelar que favoreció a la Sociedad Rural Argentina (SRA), y bloqueara el cumplimiento del decreto presidencial 2552, que devolvió al Estado el predio ferial de Palermo vendido a "precio vil" a la entidad agraria en 1991.
En la misma presentación, la Jefatura de Gabinete reclamó que la causa pase al fuero al Contencioso Administrativo Federal, calificado en el escrito de “fuero natural” que habitualmente entiende en las causas que involucran a los actos del Estado.
Fuentes judiciales dijeron que el pedido de recusación no sólo recayó en los jueces de feria que el viernes pasado dictaron la cautelar: Francisco de las Carreras, Graciela Medina y Ricardo Guarinoni, sino que apuntó a la totalidad del tribunal.
La sala I de la Cámara, integrada por Francisco De las Carreras y Susana Najurieta, es la que el pasado 6 de diciembre extendió la cautelar que mantiene frenada la aplicación de la Ley de Medios para el Grupo Clarín.
En esta causa, el Gobierno recusó a varios de los camaristas por no haberse excusado de fallar luego de haber participado en un evento en Miami financiado por Cablevisión, una empresa del mismo multimedios.
En la nueva recusación, el escrito de la Jefatura de Gabinete expone “irregularidades” en la forma en que se designaron las subrogancias en el fuero para fallar en esta causa.
La incompetencia del fuero Civil y Comercial federal fue enunciada días atrás por el ministro de Justicia, Julio Alak, quien sostuvo que el expediente radicado en ese fuero se refería a las diferencias económicas surgidas entre el Estado nacional y la Sociedad Rural por la venta, mientras que lo que ahora está en juego es la validez de un decreto presidencial.
Alak sostuvo que la cautelar también “viola el principio de igualdad ante la ley y el principio de equilibrio de poderes” dado que es el mismo tribunal que “impide la aplicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual".
El decreto 2552 declaró la “nulidad insalvable” de la venta del predio por un decreto presidencial de 1991 que fijó un “precio vil” de 30 millones de dólares en cuotas, mientras que una pericia ordenada por la Corte Suprema en el 2009 evaluó su valor en 138 millones.
A raíz de ese ilícito, el juez federal Sergio Torres procesó en el 2010 al ex ministro de economía Domingo Cavallo y a los directivos de la Rural.
La Cámara Civil y Comercial federal sostuvo que aun cuando hubiera habido irregularidades, el Gobierno debería haber gestionado la anulación por la vía judicial y no del decreto.
También sostuvo que el predio de 14 hectáreas, era propiedad de la SRA por lo que “el Estado Nacional carecería, en principio, de legitimación para intentar recuperar un bien que vendió hace más de veinte años, por un acto unilateral".
Tras la presentación del Gobierno, es el propio tribunal el que debe responder el pedido, aceptando o rechazando los planteos.
En caso de quedar trabada la competencia entre ambos fueros, la definición sobre cuál interviene quedará en manos de la Corte Suprema de Justicia, recién al fin del receso judicial de enero.
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