El ministro de Justicia, Julio Alak, dijo que la solicitud de prórroga que el grupo hizo ante el máximo tribunal para extender el plazo de la cautelar sobre el artículo 161 de la Ley de Medios "es un per saltum de hecho" y constituye "una contradicción", ya que "Clarín lo criticó duramente".
El ministro de Justicia de la Nación, Julio Alak, dijo ayer que la presentación del Grupo Clarín ante la Corte Suprema de Justicia para extender la medida cautelar que mantiene bloqueado el artículo 161 de la Ley de medios constituye "un per saltum de hecho", y calificó de "contradictoria" la estrategia, ya que "Clarín criticó duramente" esta herramienta cuando el gobierno envió el proyecto al Congreso.
"Esta contradicción no nos sorpende, porque lo que pretenden es no cumplir la ley", sostuvo Alak y agregó: "El per saltum fue un instrumento fuertmente criticado por Clarín, que arrastró a la oposición política a votar en contra en el Congreso, y 8 días despuéspretende que la Corte lo utilice a su favor". "Clarín quiere una cautelar eterna", sentenció.
"La Corte fijó el plazo de vencimiento de la cautelar, considerándola irrazonablemente extendida, el 7 de diciembre. A pocos días del vencimiento, Clarín hace esta nueva presentación pidiéndole que extienda aún más el plazo del 161, que según la Ley es de un año y ya lleva tres", explicó el ministro.
En tanto, se mostró sorprendido porque Clarín "está cuestionando el funcionamiento de una Cámara en la que ha obtenido importantes beneficios". "Este fuero ha sido denunciado penalmente por la Jefatura de Gabinete de Ministros porque algunos de sus miembros han viajado al exterior auspiciados por una empresa de medios del Grupo Clarín", precisó.
"El recurso que ayer (por el miércoles) presentó el Grupo está firmado por el hermano del secretario de la sala en la que tramita la causa de Clarín. Es una más de las tantas vinculaciones que se han ido advirtiendo en el tiempo con algunos integrantes de ese fuero", denunció.
“El Grupo Clarín pretende que la Corte Suprema se convierta en legislador. La Corte no tiene la facultad de sancionar normas en Argentina, máxime cuando es una norma que ha sido votada por una enorme mayoría de legisladores”, indicó el ministro.
Los camaristas “han sido recusados por ser ostensiblemente parciales, es el recurso que tiene cualquier parte. Estamos en un Estado de Derecho y las partes tienen todas las garantías constitucionales para recurrir a los medios que les parezcan convenientes”, planteó por su parte el representante del Poder Ejecutivo en el Consejo de la Magistratura, Hernán Ordiales.
“La ley de per saltum no ha sido promulgada todavía, por lo cual no rige actualmente. Así y todo, el Grupo Clarín considera que hay gravedad institucional y que debe actuar la Corte Suprema de Justicia, con el único fin de prorrogar la medida cautelar”, agregó.
Carín quiere una cautelar eterna. Y nosotros ya tenemos los huevos eternamente al plato por culpa de Clarín.
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