LA ORGANIZACIÓN SOCIAL TUPAC AMARU Y LA ABOGADA DE MILAGRO SALA, ELÍZABETH GÓMEZ ALCORTA, DETALLARON LOS ALCANCES DEL FALLO DE LA CORTE DE SUPREMA. SENTENCIARON QUE "NINGÚN JUEZ DE LA PROVINCIA DE JUJUY, NI EL TRIBUNAL SUPERIOR, NI GERARDO MORALES" PUEDEN INCUMPLIRLA. EXIGIERON QUE SEA TRASLADADA A SU RESIDENCIA HABITUAL CUANTO ANTES, COMO MARCA LA RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS.
La Tupac Amaru y la defensa de Milagro Sala consideraron que la decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación respecto al cumplimiento obligatorio de la medida provisional dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos para salvaguardar la salud de la diputada del Parlasur "debe ser de cumplimiento urgente". Desde la organización social ratificaron que con la sentencia del máximo tribunal nacional “la justicia jujeña no tiene margen para oponerse a esta decisión, que debe cumplir de manera inminente”.
En tanto, Elizabeth Gómez Alcorta, su abogada, resaltó que “ya queda absolutamente claro" que "ningún juez de la provincia de Jujuy, ni el Tribunal Superior, ni Gerardo Morales" pueden incumplir con lo dicho en primer término por la CIDH y por el Grupo de Trabajo sobre Detención Arbitraria de la ONU, y ahora por la Corte Suprema.
“El Estado no tiene ya más excusas para dilatar el cumplimiento de esta resolución y que ahora ratificó con este fallo la Corte Suprema de Justicia de la Nación”, sentenció. Desde el primer momento, la defensa denunció que los gobiernos nacional y provincial estaban incumpliendo las medidas internacionales que disponían que se debía sustituir la prisión preventiva de Sala por la medida alternativa de arresto domiciliario o por cualquier otra medida menos restrictiva.
“El Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos y ahora la Corte Suprema de Justicia de la Nación, establecieron, a pesar de la resistencia del poder político de Jujuy y de sus jueces, que Milagro no puede permanecer en prisión”, ratificó Gómez Alcorta.
La abogada indicó que ahora es tiempo de que los magistrados jujeños “estén a la altura de las circunstancias” y dispongan, “como mínimo” el traslado inmediato a su domicilio en el barrio de Cuyaya. “Y sin ninguna de las restricciones ilegales que dispusieron al momento de cumplir parcialmente la medida cautelar de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos”, agregaron desde la defensa. “Esta resolución implica para todos los argentinos una valoración muy importante en cuanto al sistema interamericano", expresó Gómez Alcorta y resaltó que es "una noticia un poco ambigua” pero el resultado concreto para la vida de Milagro es “sustantivo".
En el comunicado, la organización puntualizó los alcances de la sentencia de los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti; en la que confirmaron también la prisión preventiva de la dirigente social con el argumento de que puede entorpecer la investigación. “Requirió a las autoridades judiciales a cuya disposición está detenida la recurrente para que, con urgencia, se cumpla con la decisión dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos el pasado 23 de noviembre”, detallaron, al relatar que esa medida de la CIDH “fue dispuesta en el marco de dos Recursos Extraordinarios presentados por la defensa de Milagro Sala en relación a la prisión preventiva dictada por los tribunales locales y los fueros parlamentarios”.
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