La magistrada que en varias oportunidades falló a favor de Fibertel está casada con el abogado de Cablevisión, quién además, defendió a empresas del Grupo Clarín en varias demandas. Excusarse, no ¿por qué?
Se trata de la jueza de la Sala III de la Cámara en lo Civil y Comercial Federal Graciela Medina, que falló en otras oportunidades en beneficio de clientes de su esposo, Julio César Rivera, quien además de Cablevisión representa a Multicanal, Telecom y Shell, entre otras firmas.
Pese a que el artículo 30, el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación afirma que el parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados, es causal de excusación y recusación, parece que pasaron por alto ese código de conducta.
Medina integra la Sala III de la Cámara en lo Civil y Comercial Federal desde 2004 y está casada con el prestigioso abogado Julio César Rivera, especialista en derecho comercial que representa a Cablevisión y a empresas del Grupo Clarín en numerosas demandas.
Hace unos días, el 28 de febrero, Medina resolvió junto al juez Ricardo Gustavo Recondo a favor del Grupo Clarín cuando ordenó al Estado que se “abstenga de ejecutar” la Resolución 100 / 2010 de la Secretaría de Comunicaciones, del Ministerio de Planificación Federal, que decretó la caducidad de la licencia de Fibertel.
La jueza había beneficiado ya en 2010 a Cablevisión: junto a Ricardo Guaroni, ambos integrantes en ese momento de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones Civil y Comercial, “dejaron sin efecto una medida de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC), que había frenado aumentos en los abonos de la televisión paga”.
Medina también participó en la causa ante la denuncia contra la Asociación de Fútbol Argentino (AFA) por incumplimiento de contrato cuando se creó el programa Fútbol para Todos y se le quitó la eterna exclusividad de la transmisión de los partidos a Torneos y Competencias.
El bufete de abogados de Rivera, según afirma su página web, es un estudio que se especializa en Acuerdo Preventivo Extrajudicial (APE), concursos preventivos, quiebras y reestructuraciones de deuda. Allí mismo presenta entre sus clientes a Cablevisión, principal cableoperador del Grupo Clarín.
Pese a que el artículo 30, el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación afirma que el parentesco por consanguinidad dentro del cuarto grado y segundo de afinidad con alguna de las partes, sus mandatarios o letrados, es causal de excusación y recusación, parece que pasaron por alto ese código de conducta.
Medina integra la Sala III de la Cámara en lo Civil y Comercial Federal desde 2004 y está casada con el prestigioso abogado Julio César Rivera, especialista en derecho comercial que representa a Cablevisión y a empresas del Grupo Clarín en numerosas demandas.
Hace unos días, el 28 de febrero, Medina resolvió junto al juez Ricardo Gustavo Recondo a favor del Grupo Clarín cuando ordenó al Estado que se “abstenga de ejecutar” la Resolución 100 / 2010 de la Secretaría de Comunicaciones, del Ministerio de Planificación Federal, que decretó la caducidad de la licencia de Fibertel.
La jueza había beneficiado ya en 2010 a Cablevisión: junto a Ricardo Guaroni, ambos integrantes en ese momento de la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones Civil y Comercial, “dejaron sin efecto una medida de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia (CNDC), que había frenado aumentos en los abonos de la televisión paga”.
Medina también participó en la causa ante la denuncia contra la Asociación de Fútbol Argentino (AFA) por incumplimiento de contrato cuando se creó el programa Fútbol para Todos y se le quitó la eterna exclusividad de la transmisión de los partidos a Torneos y Competencias.
El bufete de abogados de Rivera, según afirma su página web, es un estudio que se especializa en Acuerdo Preventivo Extrajudicial (APE), concursos preventivos, quiebras y reestructuraciones de deuda. Allí mismo presenta entre sus clientes a Cablevisión, principal cableoperador del Grupo Clarín.
La pregunta que surge, inevitablemente, es ¿por qué nadie actúa sobre esta cuestión? ¿No hay sanciones para la jueza? ¿No es causal de juicio polìtico o pedido de distitución?
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