Por la venta a precio vil del terreno de Palermo, se hizo lugar a dos pedidos de la Procuración general del Tesoro. Además, desde el organismo desmintieron un artículo publicado el jueves en La Nazión en el que se publican errores acerca de una resolución dictada por el juez federal Sergio Torres.
A través de un comunicado, la Procuración del Tesoro de la Nación calificó ayer de "inexacto" y de contener "una deliberada intencionalidad política" a un artículo publicado el jueves en el diario La Nazión.
En la nota del matutino, se da cuenta de una resolución dictada por el juez federal Sergio Torres en el marco de un expediente vinculado con una causa que se le sigue al ex presidente inombrable, en la que se dictó un auto de procesamiento contra ex funcionarios y ex directivos de la Suciedad Rural por la venta a precio vil del Predio Ferial de Palermo.
"En la edición en soporte de papel del diario La Nazión del 11413, con la firma de Adrián Ventura, se publica de manera tergiversada el contenido de la resolucción dictada por el juez Federal en lo Criminal y Correcional Nro. 12, Sergio Torres, en el marco del expediente caratulado 'Incidente de Medidas Cautelares Nro.35' vinculado con la causa "Menem, Carlos Saúl sobre delito de acción pública", en la que se ha dictado auto de procesamiento por el delito de peculado contra ex funcionarios públicos y ex directivos de la Sociedad Rural, por la venta a precio vil del Predio Ferial de Palermo", sostiene la Procuración en un comunicado.
"El artículo contiene inexactitudes que en algunos casos son producto de una deliberada intencionalidad política; en otros casos, quizas, de errores de información", agrega la nota de prensa.
A modo de ejemplo cita "la impropia caracterización como 'expropiación' de lo que ha sido, en rigor, la revocación por razones de ilegitimidad de un acto viciado de nulidad absoluta (el decreto 269991 que aprobó la venta del predio ferial a precio vil); y la equivocada referencia a la intervención como fiscal del doctor (Carlos) Rivolo, cuando quien dictaminó antes del fallo del juez fue el fiscal (Carlos) Stornelli".
A renglón seguido sostiene que "lo que es importante destacar es que el Estado, a través de la Agencia de Administración de Bienes del Estados (AABE), con patrocinio de la Procuración del Tesoro, pidió al juez penal que lo tenga como parte querellante en la citada causa penal; (petición) que el juez Torres resolvió en sentido favorable".
También recuerda que la AABE pidió "medidas de resguardo del predio" para evitar que la Suciedad Rural celebrará "nuevos actos jurídicos constitutivos de derechos a favor de terceros que, en caso de invocar la condición de buena fe, podrían luego quedar inmunes frente a los efectos de la nulidad de la venta, cuando esa cuestión sea finalmente dirimida por la Justicia".
"Es importante destacar que el juez Torres dio traslado a la Suciedad Rural, y también al fiscal Stornelli respecto del pedido de medidas cautelares formuladas por la AABE. La Suciedad Rural, como era obvio, se opuso a la pretensión de la AABE. Es oportuno señalar que también el fiscal se pronunció en sentido adverso (...) en consonancia con la postura de La Rural", agrega el comunicado.
La Procuración afirma que "el artículo periodístico de Adrián Ventura guarda absoluto silencio sobre la medida otorgada, en la que subyace que a criterio del juez Tirres -en línea con el auto de procesamiento que dictó en su momento- la Suciedad Rural no tiene un derecho indiscutido sobre el predio".
"Como ya fue dicho, el Juez no dicto esta cautelar 'inaudita parte'; por el contrario, la emitió luego de oír a las dos partes (el Estado a través de la AABE y la Suciedad Rural) y el doctor Stornelli", sostiene la Procuración, a lo que agregó que "es relevante destacar que (el Juez) concedió la medida a pesar de que el dictamen del fiscal fue favorable a la postura de la Suciedad Rural".
Por último, el comunicado subraya que "lo importante es rescatar la idea antes expuesta, en el sentido de que el juez Torres concedió una de las posibles medidas cautelares destinadas a preservar los derechos del Estado, lo que presupone que consideró prima facie que existía verosimilitud del derecho invocado en la presentación efectuada por la AABE para que se resguarde el predio".
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