TRAS RECIBIR EL INFORME DEFINITIVO SOBRE EL ESTADO DE SALUD DE LA "MADRE ALBA", EL JUEZ FEDERAL DANIEL RAFECAS LA DECLARÓ INIMPUTABLE DEBIDO A QUE "NO SE ENCUENTRA EN CONDICIONES PSÍQUICAS DE AFRONTAR UN PROCESO PENAL".
La Madre Alba, superiora del convento donde detuvieron al ex funcionario José López, fue declarada ayer inimputable por el juez federal Daniel Rafecas tras recibir el informe definitivo sobre su estado de salud del Cuerpo Médico Forense, según el cual "no se encuentra en condiciones psíquicas de afrontar un proceso penal".
En una primera revisación se había determinado que la religiosa, de 95 años, sufría de un "deterioro cognitivo severo" pero el juez ordenó peritajes adicionales tras los cuales dictaminó que "debe ser marginada del expediente", según informó esta noche a través del Centro de Información judicial (CIJ).
El diagnóstico aun deberá ser convalidado por la fiscalía y la querellante Oficina Anticorrupción pero privará al proceso de su explicación sobre lo que dijeron coincidentemente la otras tres religiosas que habitan el lugar declararon ante Rafecas: que estaban advertidas por Alba de que López concurriría esa noche.
Alba Día de España Martínez Fernández, de 95 años de edad pasó por una segunda revisación de de una junta médica que integraron el médico forense Leonardo Ghioldi, la neuróloga Mariana Martínez Álvarez y la psicóloga forense Norma Griselda Miotto, llegando a idéntica conclusión de que "no se encuentra en condiciones psíquicas de afrontar un proceso penal y por lo tanto, debe ser marginada del expediente".
La neuróloga forense ratificó el primer diagnóstico de "un deterioro cognitivo severo",mientras que la psicóloga evaluó una "propensión a la dispersión; fallas amnésicas (de la memoria) con tendencia al relleno fabulatorio del vacío asociativo; fatigabilidad, labilidad emocional; vivencias de vulnerabilidad; dificultades para la comprensión de consignas de cierta complejidad".
También destacó que "no se han detectado indicadores compatibles con simulación tanto a nivel clínico como durante la administración de las pruebas diagnósticas", concluyendo también que "no se encuentra en condiciones psíquicas adecuadas como participar en un proceso penal".
En idéntico sentido se manifestó el forense Ghioldi, para quien la anciana presenta un "deterioro cognitivo moderado a severo", con incapacidad para afrontar el trámite judicial.
El Código Procesal Penal de la Nación establece en estos casos el sobreseimiento por inimputabilidad previsto en el artículo 336 inciso 5, pese a lo cual el juez deberá correrles vista previa a la fiscalía y a la querella de la Oficina Anticorrupción, para concluir con el procedimiento.
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