El Secretario de Comercio, Augusto Costa, afirmó que el nuevo sistema de Fiscalización de Rótulos y Etiquetas de envases de productos masivos, apunta a evitar "errores, engaños y confusión" entre los consumidores.
“Esta medida apunta a regular las transformaciones de los productos que suceden cuando se lanzan al mercado productos supuestamente nuevos muy similares a los que ya existen pero a un precio muy superior”, indicó Costa, quien además señaló que este tipo de estrategias "inducen a que los consumidores cuenten con información errónea, engañosa o confusa a la hora de comprar y terminan optando por el producto más caro”.
En ese sentido, vinculó estas prácticas a una tendencia mundial de las grandes empresas productoras siguiendo una estrategia de marketing para aumentar los precios y ganar aún más participación en el mercado de la que ya concentran.
Para el secretario de Comercio, en el mercado local la metodología opera bajo dos modalidades: cambiar el contenido neto (gramaje) de los productos, lo que implica “una forma encubierta de subir el precio por unidad” o introducir cambios imperceptibles en el diseño del packaging.
“Muchas veces se incluyen mensajes con expresiones ambiguas, desconocidas o con una pluralidad de significados que dan lugar a error, engaño o confusión y llevan a los consumidores a una decisión de consumo equivocada”, agregó.
La medida publicada el jueves en el Boletín Oficial alcanza a los productos de los rubros de alimentos, bebidas, alimentos bebibles, perfumería, aseo, cuidado personal y limpieza doméstica que se comercialicen en el país.
Según la resolución, todos los rótulos y etiquetas de esos productos deberán someterse de forma obligatoria a un procedimiento de fiscalización ante la Dirección de Lealtad Comercial, con carácter previo a su comercialización. Luego la Dirección analizará la información recabada y la muestra del rótulo o etiqueta del producto y verificará el cumplimiento de la normativa vigente.
“Todas las empresas saben de qué se trata esta resolución. Lo único que pedimos es que distingan de manera razonable a los nuevos productos”, aclaró Costa.
Durante el año pasado hubo un 45% menos de lanzamientos que en 2013, lo que para el secretario evidencia que las empresas no pudieron sostener esa estrategia para subir los precios.
Las empresas deberán presentar la documentación específica en la Secretaría de Comercio (muestra del rótulo, datos del importador/fabricante, del producto, etc) y la oficina de Lealtad Comercial tendrá 15 días hábiles para dar respuesta a las empresas.
En el caso de productos que reemplacen a otros ya existentes, se deberá aclarar todas las diferencias cuantitativas y/o cualitativas que tienen respecto del producto de referencia en un espacio que represente el 20% del rótulo. Las empresas tendrán 60 días hábiles para adaptar sus productos a la nueva normativa. De lo contrario, la Secretaría de Comercio está facultada para retirar la producción del mercado.
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