La AFIP informó que a partir del 1º de ese mes se utilizará la factura electrónica. La medida alcanza tanto a particulares como a empresas.
A través de la resolución general 3749 publicada ayer en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) informó que los contribuyentes inscriptos en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) deberán utilizar factura electrónica a partir del 1 de julio próximo.
En ese sentido, Ricardo Echegaray, titular del fisco, afirmó que “somos una administración fiscal y tributaria que está dando pasos enormes en la senda de la informatización de los procesos con el objetivo de simplificarles la tarea a los contribuyentes”.
La normativa también exige que se sumen un grupo de particulares y empresas, más allá de su condición ante el gravamen, como las prestadoras de servicios de medicina prepaga; establecimientos de educación pública de gestión privada; locadores de inmuebles rurales, el alquiler de inmuebles con fines turísticos, las galerías así como losintermediarios y comercializadores de arte.
Otra novedad que anunció Echegaray simplifica la facturación para los operadores a domicilio, ya que con un dispositivo inteligente o Smartphone podrán descargar una aplicación que les permitirá facturar y hasta cobrar sus servicios con tarjeta de débito o crédito.
Además, la resolución establece que quienes estén en situación de exentos en el IVApodrán optar por emitir comprobantes electrónicos, y podrán ejercer la opción desde el 1 de abril próximo.
No obstante, las personas y empresas que por las particularidades propias de su actividad adviertan eventuales dificultades para cumplir con el régimen, podrán informar a la AFIP sobre su situación en el plazo comprendido entre el 1 de abril y el 31 de mayo próximos.
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