El ministro del Interior y Transporte, Florencio Randazzo, se reunió ayer en su despacho de la Casa Rosada con Sergio Rosales, esposo de Celia González Carman y padre de Vanina, víctimas del accidente de tránsito protagonizado por Sebastián Cabello en 1999 en el barrio porteño de Nuñez.
Al término de una reunión que mantuvo con Rosales y su abogado Marcelo Parrilli en Casa de Gobierno, el ministro, informó que brindó el "total apoyo a la familia", que elaborará una presentación judicial para que Cabello no pueda tramitar su licencia, luego de que ayer la Cámara de Casación Penal diera por cumplido el tiempo de inhabilitación impuesto.
El ministro dijo que Cabello "tiene un antecedente pésimo cuando en el año 2010, estando inhabilitado, obtuvo una licencia en el municipio bonaerense de Malvinas Argentinas y por supuesto rápidamente fue anulado".
El funcionario recordó que hay una decisión de un juez de primera instancia que prohíbe la posibilidad que Cabello vuelva a conducir por lo menos hasta el 2017, por lo que al menos hasta ese año no tendría la posibilidad de obtener una licencia para manejar en ningún lugar del país.
El miércoles, Randazzo instruyó a la Agencia Nacional de Seguridad Vial para que acompañe judicialmente a la familia Rosales con el objetivo de que Cabello no pueda volver a conducir hasta tanto se resuelva definitivamente su situación judicial.
Luego, el gobierno bonaerense informó oficialmente que la provincia de Buenos Aires no habilitará a Cabello para conducir hasta el año 2017 y explicó que la Dirección de Política y Seguridad Vial tiene facultades para proceder a la inhabilitación administrativa y denegar la tramitación de una licencia de conducir cuando lo considere.
Fuentes judiciales informaron que a raíz del fallo de Casación Penal, Cabello quedó habilitado para conducir, ya que se dieron por cumplidos los 10 años de inhabilitación que le había impuesto la Justicia.
Si bien un juez de Ejecución Penal había hecho un cómputo a partir del cual los 10 años de prohibición para conducir regían desde que en 2006 quedó firme la condena y vencían el 14 de noviembre de 2016, la defensa de Cabello apeló esa resolución argumentando que su cliente estaba inhabilitado desde que fue procesado el 14 de septiembre de 1999. Al conocerse el fallo judicial, el ministro Randazzo, lo calificó de "vergonzoso".
El 30 de agosto de 1999, Cabello, de entonces 19 años, embistió con su Honda Civic a alta velocidad el Renault 6 en el que se trasladaban Celia González Carman (38) y su hijita Vanina (3) por la avenida Cantilo, en Núñez. Madre e hija murieron carbonizadas al incendiarse el auto, mientras que Cabello huyó sin prestarles asistencia.
Durante la instrucción de la causa, el joven fue detenido y luego excarcelado, aunque volvió a ser enviado a prisión cuando -pese a una prohibición judicial- denunciaron que volvió a manejar.
En 2003, el Tribunal Oral en lo Criminal 30 condenó a Cabello a 12 años de cárcel por "homicidio simple con dolo eventual", al entender que el imputado tuvo que representarse la posibilidad de que al conducir un auto a 137 kilómetros por hora en una ciudad, podía provocar un accidente como el que protagonizó.
Pero el 2 septiembre de 2005, la Sala III de la Cámara Nacional de Casación Penal redujo su condena a tres años de prisión al considerar que se había tratado de un "homicidio culposo" -sin intención-, y descartaron el "homicidio con dolo eventual".
Luego, el 14 de noviembre de 2006 la Corte Suprema de Justicia de la Nación confirmó ese último fallo.
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