domingo, 11 de agosto de 2013

La Corte prepara un fallo para limitar la creación de fiscalías especiales

La decisión iría en contra de la designación de subrogantes y ad hoc, que la Procuración impulsó para casos de trata, lesa humanidad y narcocriminalidad.  El máximo tribunal está analizando variantes para evitar que la medida afecte las causas de Derechos Humanos tramitadas bajo este régimen. El pronunciamiento puede tensar aun mas la difícil relación con Gils Carbó.
 
La Corte Suprema de Justicia está analizando un fallo contrario a la designación de fiscales subrogantes y ad hoc, en lo que puede constituir un quiebre definitivo en la ya tensa relación con la Procuración General de la Nación, a cargo de Alejandra Gils Carbó. La sentencia que se espera en la próxima reunión de acuerdo del Máximo Tribunal, podría declarar la inconstitucionalidad de este tipo de designaciones, aunque –como ya hay antecedentes– podría validar la acción de fiscales que se han venido desempeñando hasta el momento bajo este régimen, muchos de ellos en causas por delitos de lesa humanidad. 
 
La causa está referida a un planteo de nulidad contra una resolución tomada por la procuradora fiscal subrogante ante la Corte, Alejandra Cordone Roselló. Se trata de un dictamen firmado por la funcionaria nombrada por Gils Carbó, en el marco de la causa Automóviles Saavedra SA c/ Fiat Argentina SA. El accionante impulsó el expediente hasta el máximo tribunal por entender que  la fiscal subrogante no está facultada para tomar ese tipo de decisiones en base al régimen de su designación, sin acuerdo del Senado. 
 
"El nombramiento de Cordone Roselló fue dispuesto en ejercicio regular de las funciones de superintendencia y en el marco del régimen reglamentario descripto", sostuvo Gils Carbó en su defensa, presentada el 10 de junio pasado, en la que hubo referencias a la Ley Orgánica de Ministerios Públicos y a sucesivas resoluciones de anteriores procuradores nunca impugnadas (PGN N° 13/98 y 35/98), y las que apuntalan el diseño de política criminal y equipos de trabajo especiales.
 
En el artículo 11 de esa norma se establece que "en caso de recusación, excusación, impedimento, ausencia, licencia o vacancia, los miembros del Ministerio Público se remplazarán en la forma que establezcan las leyes o reglamentaciones correspondientes", lo que en el artículo 35 postula "que los Procuradores Fiscales ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación asisten al Procurador General y cumplen las directivas que éste imparte de conformidad con lo dispuesto en dicha norma y lo que se establezca por vía reglamentaria". Indicó que a diferencia de los jueces, la Constitución no obliga "expresamente" a los fiscales a ser nombrados por el Ejecutivo con acuerdo del Senado. 
 
Pero para regular que no haya sucesivos planteos contra fiscales en la misma situación, la Corte podría echar mano de un antecedente jurídico, basado en una sentencia dictada en mayo de 2007. Se trata del caso Rozsa por el cual se consideraron inconstitucionales las subrogaciones de jueces instituidas a partir de resoluciones del Consejo de la Magistratura, contra la garantía de acceso a un juez independiente. Técnicamente sería una inconstitucionalidad "con efecto diferido", con el fin de evitar una situación caótica en el sistema. En esa sentencia se tomó como plazo máximo un año para sanear la problemática, sin efectos retroactivos, preservando todos los actos ya cumplidos por los jueces transitorios, nombrados en el marco de normas contrarias al procedimiento constitucional. 
 
Un año después, el Congreso de la Nación dictó la Ley 26.376, que dispuso que la Cámara de Apelaciones de la jurisdicción en la que se produjera la vacante fuera la que designara al juez subrogante, elegido entre otros jueces de la jurisdicción o de un listado de conjueces confeccionado por el Ejecutivo con acuerdo senatorial. El fallo de 2007 fue firmado por Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda y Carlos Fayt, con la disidencia de Eugenio Zaffaroni de Cármen Argibay, que consideraron errónea la calificación de inconstitucional porque su objetivo había sido atemperar el impacto negativo de las vacancias de jueces. Al día de hoy, todavía existen numerosas subrogancias cubiertas por secretarios que ocupan el rol de jueces, pese a que los plazos para la adecuación están extintos. 
 
Aunque desde la Corte le bajaron al tono a las consecuencias de una definición en torno a este tema, desde la Procuración dejaron entrever su preocupación por la injerencia del máximo tribunal en su organización interna, algo que sería leído como una escalada del sordo enfrentamiento que mantienen desde hace meses. En la decisión de los cortesanos, no se descarta que se incluya el pedido a los otros poderes para la sanción de una ley regulatoria sobre el procedimiento a seguir en nombramientos de la Procuración, sin acuerdo del Senado. 
 
La decisión podría acarrear el inmediato cuestionamiento a los fiscales que actualmente se desempeñan al amparo de las resoluciones de la Procuración, especialmente en los juicios por delitos de lesa humanidad. Aunque no se podría reprochar su actuación, hasta tanto no quede regularizada la situación en cada caso, la posible derivación en múltiples planteos por parte de los imputados es una de las consecuencias de alto impacto.

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