Se trata del expediente por el crédito bancario para la construcción de un complejo de cines y entretenimientos La sala séptima de la Cámara del Crimen rechazó un recurso del fiscal Sandro Abraldes. Los argumentos y riesgos.
La causa por el crédito incobrable que concedió el Banco de la Provincia de Buenos Aires a la Sociedad Rural Argentina (SRA) para una faraónica obra de construcción de un complejo de cines, restaurantes y otros centros de entretenimientos que nunca se concretaron atraviesa su momento más crítico.
La sala séptima de la Cámara del Crimen, la misma que en junio pasado ratificó que la prescripción y el consecuente sobreseimiento para la mayoría de los imputados (y desató la reacción de la presidenta, Cristina Fernández de Kirchner, cuando leyó esa situación a través de Tiempo Argentino), rechazó un recurso de apelación presentado por el fiscal de Cámara Sandro Abraldes.
Eso significa que el expediente está al borde del cierre definitivo. Sólo persiste con algunos estertores gracias a la insistencia del fiscal, quien acaba de presentar un "recurso de queja" para que la Cámara Federal de Casación (el máximo tribunal penal del país), pese a todo revise el expediente y evite la impunidad.
La Sala Séptima de la Cámara del Crimen resolvió el 12 de julio que "no hay agravio" que apelar en la causa. Cuando los imputados del Banco Provincia, los de la Sociedad Rural y el ex procurador del Tesoro Ernesto Marcer, pidieron la prescripción, la obtuvieron mediante un fallo que consideraba que había pasado el máximo de tiempo previsto para una eventual condena y, además, se había sobrepasado el "plazo razonable" para esclarecer un delito: más de 16 años.
Pero el fiscal Abraldes replicó que "se investigan hechos gravísimos de corrupción", que podría tratarse del delito de peculado (diez años de prisión como pena máxima). "La Sala debía limitarse a evaluar la procedencia del recurso de casación. Ello no se hizo. Es más, se repitieron aquellos fundamentos expuestos en su criticada resolución, circunstancia que llama a confusión, en una lectura más desatenta, sobre si aquello que ahora se rechaza es un recurso de casación o uno de apelación", replicó el fiscal Abraldes. "La decisión de los jueces de la Sala Séptima no ha consistido en otra cosa más que en un erróneo y arbitrario".
La queja quedó radicada ante la Sala Tercera de la Casación. El fiscal detectó un supuesto error formal que podría reabrir la investigación. El fallo que declaró la prescripción "sólo mencionó que esta causa se había iniciado hacía más de 16 años. Nada se dijo respecto de la complejidad de la investigación, ni de las circunstancias particulares de la causa. Tampoco se marcaron las razones del retraso, ni se criticó la actividad judicial o el desempeño de las partes. Sólo se dijo que se había iniciado hacía más de 16 años y que era el expediente en trámite más antiguo del tribunal. Y lo cierto es que no tenía por qué ser de otra manera en la medida en que la mención a un trámite dilatado sólo pretendía ser un argumento más de la declaración de prescripción de esta causa".
El plazo por el plazo mismo no necesariamente desemboca en el fin de una causa: "Sólo mencionaron los dieciséis años de trámite para desprender de ello, dogmáticamente, que este proceso había escapado de todo marco de razonabilidad. Y tal conclusión resulta arbitraria –tan arbitraria como lo es su consideración como motivo independiente del agravio– porque no se señaló, más allá de la sola mención a los años cumplidos, ningún otro argumento que justifique esa afirmación".
Abraldes también recogió los argumentos de su colega José María Campagnoli, quien en varias oportunidades alertó que se estaba dilatando artificialmente el trámite del expediente. "Advierto nuevamente con la misma indignación que se sigue esquivando el debido trámite de este proceso. No se resuelve la pretensión del Ministerio Público Fiscal, a más de una década de formulados y probados los cargos en el lejano mes de mayo de 2000. Es desesperante comprobar que todo el trabajo y esfuerzo de la fiscalía que permitió, al cabo de una batalla procesal de más de cinco años, que los jueces ordenaran la declaración indagatoria de los imputados en 2004 y 2005, sea conducido una y otra vez a un punto muerto, convertido en una completa entelequia en razón de periódicas reediciones de cuestiones incidentales y el desmembramiento o lisa y llana omisión de sus diversos tramos", señaló.
Si alguna posibilidad persiste para que la causa 21.666/1996 emerja de la impunidad está centrada en ese recurso de "queja". Se trata nada menos que de un crédito incobrable por 106 millones de dólares para un emprendimiento que nunca se hizo, en las 12 hectáreas del predio ferial de Palermo, un paseo público vendido por 100 millones de dólares menos que su valor de mercado durante el menemismo. El decreto presidencial que busca recuperarlo para la comunidad, también está trabado en la justicia.
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