El ministro de Justicia opinó que el grupo "carece de legitimación para solicitar la declaración de inconstitucionalidad" de la Ley de Medios. Consideró que la empresa sólo logró demostrar que es "un monopolio de hecho" porque admite "graves irregularidades en su estructura empresaria". Citó el dictamen del fiscal Uriarte, que aconsejó la constitucionalidad de la ley.
El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Julio Alak, ratificó que el Grupo Clarín "carece de legitimación activa" para solicitar la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 45 y 161 de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, "por cuanto no es titular de las licencias de radiodifusión que explota", como viene sosteniendo el gobierno desde marzo de 2011.
En diálogo con la agencia de noticias Télam, Alak reiteró que la aceptación de ese grupo empresario como demandante por parte del juez Horacio Alfonso "representa un agravio para el Estado nacional y razón suficiente para solicitar, a través del recurso de per saltum presentado, la intervención de la Corte Suprema de Justicia de la Nación".
En este sentido, el funcionario explicó que para poder entablar una demanda como la que promueve el Grupo Clarín, la actora "debía demostrar que era titular de las licencias", pero "lo único que logró demostrar es que se trata de un monopolio de hecho, con una conducción corporativa concentrada, pero no de derecho, porque exhibe y admite graves irregularidades en su estructura empresaria".
Al respecto, el ministro recordó que por resolución 577 del año 2009 el entonces interventor en el COMFER había rechazado la fusión a través de la cual Cablevisión S.A. absorbería a las empresas Multicanal S.A., Delta Cable S.A., Holding Teledigital Cable S.A., Teledigital Cable S.A., Pampa TV S.A., Construred S.A., Cablepost S.A. y Televisora La Plata S.A. "Esta operación no era compatible con el régimen regulatorio vigente de radiodifusión, normado entonces por la Ley 22.285 y sus modificatorias", dijo el ministro y subrayó: "Esto no lo decimos nosotros: está en el dictamen que emitió hace diez días el titular de la Fiscalía Nacional en lo Civil y Comercial Federal Número 5, Fernando Uriarte".
Alak recordó que, en su resolución, el fiscal entendió que "las codemandantes Cablevisión S.A., Multicanal S.A. y Teledigital Cable S.A., a la fecha de la promulgación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, no reunían todas las condiciones sustanciales y los requisitos formales previstos en el anterior régimen legal en materia de radiodifusión para ser titulares de los derechos que, dicen, les fueron conculcados por la nueva ley, por cuanto se encontraban infringiendo el régimen de multiplicidad de licencias establecido por la 22.285".
"Más aún: el fiscal Uriarte indicó que el propio Grupo Clarín reconoció esa situación", destacó el ministro, y citó los términos del Prospecto de Oferta Pública de Acciones Ordinarias Clase B presentado por Grupo Clarín S.A. (autorizada por Resolución N° 15745 de la Comisión Nacional de Valores), que, al indicar los riesgos relacionados con las actividades de la sociedad, dijo: "la Sociedad ha solicitado al COMFER la autorización de las operaciones que involucran a las licencias de radiodifusión y en muchos casos la decisión del COMFER se encuentra aún pendiente".
"Las subsidiarias de la sociedad, Cablevisión y Multicanal, por caso, tienen licencias de televisión por cable que se superponen geográficamente, posiblemente en violación de la Ley de Radiodifusión”, explicó Alak.
Clarín... Como bien lo define siempre Víctor Hugo Morales, "el cáncer moral de la Nación".
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