El máximo tribunal rechazó el pedido de extensión de la medida cautelar que mantiene suspendido el artículo 161 (la cláusula de desinversión) de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. Además dispuso que la Cámara en lo Contencioso Administrativo realice un sorteo para que se conforme un tribunal en la Cámara Civil y Comercial Federal que defina el tema.
La Corte Suprema de Justicia rechazó in limine -es decir, sin tratarla- la presentación del Grupo Clarín, que la semana pasada le había solicitado al máximo tribunal extender la suspensión de la medida cautelar contra el artículo 161 de la ley de medios.
De esta manera, el 7 de diciembre será la fecha límite para que todos los grupos mediáticos se ajusten a la normativa y liciten las licencias excedentes.
En la acordada del máximo tribunal (ver el texto completo), se dispuso que la Cámara en lo Contencioso Administrativo realice un sorteo informático entre 14 jueces para que se conforme un tribunal en la Cámara Civil y Comercial Federal que defina sobre el tema. Es poco probable que esos jueces puedan definirse sobre la materia antes de esa fecha. Además, la Corte le pidió al juez de primera instancia, Horacio Alfonso, que dicte de forma inmediata una sentencia sobre la materia.
El ministro de Justicia, Julio Alak, había calificado la presentación de los abogados del conglomerado empresario como "un intento para conseguir una cautelar eterna".
Por su parte, el senador kirchnerista e integrante del Consejo de la Magistratura Marcelo Fuentes fue más allá y calificó la conducta del Grupo Clarín como "sedición".
En rigor, la presentación de Clarín reúne por lo menos dos planteos en un mismo escrito. Por un lado, la supuesta "denegación de justicia", situación ante la que la Corte estaría habilitada a intervenir. El decreto 1258/58 fija la "organización de los tribunales nacionales" y pone en cabeza de la Corte la resolución de esos conflictos. Pero la acción también apunta a extender la cautelar que desde hace tres años mantiene frenada la "cláusula de desinversión" y cuyo plazo de vigencia finalizará el 7D.
Magnetto... ¡La tenés cada vez más adentro!
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