El juez federal esteban furnari dictó una medida cautelar autónoma tras un planteo del canal de noticias. La ejecución de la decisión judicial es de cumplimiento inmediato y no puede suspenderse en caso de que la demandada consiga una apelación.
El 5 de agosto pasado se escribió un capítulo más en la batalla cultural por la democratización del sistema mediático. Fue cuando la justicia determinó que el cableoperador del Grupo Clarín, Cablevisión, está obligado a ubicar en su grilla a la señal de noticias CN23.
Así lo estableció el juez federal Esteban Furnari, ante un planteo de la empresa Soluciones Logísticas SA, para que se cumpla la Resolución 296 de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA). De no hacerlo, Cablevisión incurrirá en un delito.
El conflicto entre las empresas comenzó tiempo atrás y fue escalando hasta terminar en sede judicial. La historia se remonta a la época en que CN23 chocaba contra el Grupo Clarín en su diálogo comercial para que Cablevisión la incorporase en su grilla.
Fracasado dicho intento, la empresa que posee la señal de noticias, Soluciones Logísticas SA, presentó una medida cautelar en sede administrativa pero tampoco logró torcer el brazo del multimedios.
Mientras se sucedían los rechazo, la AFSCA dictó la Resolución 296 que reglamenta la Ley de Medios y ordena la grilla de programación. De acuerdo con dicha resolución, a la señal CN23 le correspondía el canal 8. Pero Cablevisión siguió sin cumplir la Ley de Medios y la reglamentación de la grilla.
Ante este escenario, Soluciones Logísticas SA decidió presentar una medida cautelar autónoma en la justicia. La particularidad que tiene este tipo de medida es que es de cumplimiento efectivo. ¿Qué significa esto en términos prácticos? Que al tener un fallo a favor, la ejecución de la medida no debe suspenderse aunque la empresa Cablevisión apele la decisión que tomó el titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 2. Se trata de un paso muy importante en la democratización del sistema mediático ya que ahora, a Cablevisión le cabe la misma legislación efectiva que a los demás cableoperadores en lo que respecta a CN23. Y los televidentes que contraten este servicio podrán contar con un nuevo canal de noticias.
En estas circunstancias, de acuerdo con la resolución judicial: mientras la empresa Soluciones Logísticas SA ofrezca la señal CN23 de manera gratuita a Cablevisión, este cableoperador no tendrá ningún tipo de objeción válida para subirla a su grilla. Esto será así, al menos, mientras dure la disputa legal. De esta forma, se dio por tierra con el argumento del Grupo para evitar subir la señal de noticias.
En su defensa, Cablevisión venía alegando que no tenía espacio en su programación, una excusa que escondía otros intereses políticos y comerciales. Por caso, CN23 no sólo tiene una línea política claramente opuesta a la del Grupo Clarín, sino que además es un competidor directo de su señal de noticias: TN.
En su defensa, Cablevisión venía alegando que no tenía espacio en su programación, una excusa que escondía otros intereses políticos y comerciales. Por caso, CN23 no sólo tiene una línea política claramente opuesta a la del Grupo Clarín, sino que además es un competidor directo de su señal de noticias: TN.
La cautelar autónoma es una medida que se toma en ocasiones excepcionales. En este caso, se aplicó porque se habían agotado todos los caminos posibles para lograr que Cablevisión incorporase a su grilla de programación a CN23. La negativa por parte del cableoperador era permanente. Algo similar había sucedido con el canal infantil Pakapaka.
Al no incorporar la señal a su grilla, y estando esto contemplado en la Resolución 296, Cablevisión estaba cometiendo una grave irregularidad, estaba incumpliendo la norma vigente.
Tras el reciente fallo de Furnari, la cableoperadora del Grupo Clarín no tiene alternativa. Debe incorporar al canal de noticias en su programación porque se trata de una orden judicial. De no cumplirla, estaría cometiendo un delito.
Con el Grupo Clarín nunca se sabe, porque es un estado dentro del Estado y cumplen las leyes y las resoluciones judiciales cuando se le cantan los huevos a Magnetto. Pero por las dudas, desde ya avisamos a nuestros lectores que si, dentro del mes en curso y cumpliendo con la ley, Cablevisión llegara a incorporar a CN23 a la grilla, el Premio "La Tenés Adentro" de Agosto será otorgado por "decreto" de la redacción de Currín On Line y no por votación, al igual que ocurriera en el mes de julio con Elisa Carrió.
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